Miércoles, 10 de febrero 2010
 

Economía/Laboral

CC.OO. Euskadi consigue que a un camarero se le reconozca enfermedad profesional sin acudir a juicio

   El Area de Salud Laboral de CC.OO. Euskadi ha conseguido que a JJ.A.S., camarero de 50 años y desde los 17 ejerciendo esta profesión en diversas empresas hosteleras, se le reconozca el denominado "Síndrome del Túnel Carpiano" como enfermedad profesional.

   Según informó hoy el sindicato, este reconocimiento se ha obtenido con una simple reclamación registrada en el Instituto de la Seguridad Social de Bizkaia, resuelta el pasado marzo y con una valoración en septiembre sobre las secuelas producidas posteriormente a una intervención quirúrgica a la que fue sometido.

   La baja por enfermedad común con diagnóstico de Síndrome del Túnel Carpiano bilateral ha sido reconocida enfermedad profesional sin necesidad de realizar acción jurídica alguna. El nuevo cuadro de enfermedades profesionales aprobado el pasado año en el sistema de la Seguridad Social, establece que la profesión de camarero se encuentra en la relación de principales actividades capaces de producir esta dolencia, provocada por posturas forzadas y movimientos repetitivos en el trabajo, dando lugar a una parálisis de los nervios debidos a la presión en la muñeca.

   El reconocimiento de enfermedad profesional supone dos ventajas para el trabajador, entre ellas que el periodo que estuvo de baja por enfermedad común (en este caso, durante dos meses) y según convenio de Hostelería obliga a la Mutua a pagar la diferencia, que en muchos casos es el 100% de la base reguladora.

   Por otro lado, el trabajador, habiendo sido intervenido quirúrgicamente de la muñeca, consigue que el INSS le valore la cicatriz y resto de secuelas que pudieran quedar sin posibilidad de mejoría, en base a un baremo y le abone la cantidad económica correspondiente.

   CC.OO. Euskadi quiso hacer visible este tipo de logros para conseguir un cambio de actitud de empresas y mutuas en materia preventiva, ya que cuando el INSS reconoce la enfermedad profesional y la mutua no recurre esta resolución, "obliga a las empresas a pagar tasas más altas a la Seguridad Social por ser deficitarias en sus medidas preventivas".

   "A las empresas llega un momento en el que les duele pagar cantidades mayores por incumplimiento en materia preventiva y deciden comenzar a invertir en la prevención", explicó.

   De este modo, se puede conseguir reducir el porcentaje de bajas por lesiones músculo-esqueléticas, que suponen el 85% de las bajas y lograr aumentar la productividad, "ese objetivo tan deseado por los empresarios, junto con la mejora de la competitividad y la imagen de la empresa. Esto es posible, sólo hace falta tener ganas, unir fuerzas y luchar por unas condiciones laborales más saludables para todos y todas", concluyó.





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