Acusación y Fiscal ven "contundentes" indicios en el caso de Almonaster y defensa pide absolución

El acusado por el doble crimen de Almonaster La Real (Huelva) durante el juicio.
Europa Press/Archivo
Actualizado: jueves, 2 julio 2015 11:02

Fiscalía y acusación solicitan 40 años por dos delitos de asesinato con alevosía y el agravante de parentesco

HUELVA, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía y la acusación particular en el caso de la desaparición de la sevillana María del Carmen Espejo, fallecida hace 21 años junto a su hijo Antonio, hallados en 2011 en el interior de un pozo situado en una finca de Almonaster La Real (Huelva) --propiedad de Genaro Ramallo, acusado de los hechos--, han mantenido durante la última sesión del juicio la petición de una sentencia condenatoria al entender que "existen múltiples indicios probatorios y contundentes" de que Ramallo acabó con la vida de ambos y los enterró en el citado pozo. Por su parte, la defensa solicita la libre absolución al considerar que "no hay ni la más mínima prueba" de ello.

En esa última sesión, en la que el juicio ha quedado visto para sentencia por parte del tribunal de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Huelva, ambas partes han rechazado también la nulidad de la entrada y registro en la finca de Almonaster, de las intervenciones telefónicas y de la toma de muestras de ADN, solicitada por la defensa.

En esta línea, el Ministerio Fiscal, que solicita 40 años de prisión por dos delitos de asesinato con alevosía y el agravante de parentesco, al igual que la acusación particular, ha argumentado que la idea del acusado era "deshacerse de una de sus parejas" y María del Carmen planteaba más facilidades para ello, pues apenas tenía familia y "al desaparecer de un día para otro poca gente la echaría de menos".

En este sentido, remarca que sus circunstancias laborales, "le encantaba su trabajo" en la Junta de Andalucía y se había matriculado en la universidad a distancia, y personales, se acababa de comprar un piso, no daban a entender que "desapareciera voluntariamente y abandonándolo todo" y ha añadido que era "impensable que tuviera una aventura extraña pues no tenía un carácter aventurero".

Por todo ello, el Ministerio Fiscal mantiene que "compró esta finca para ocultar los cadáveres y mantuvo durante años que estaban vivos y que incluso veía a Antonio, dándole a su otra hija explicaciones ambiguas", algo que le servía de "excusa" para simultanear las parejas.

Es más, expone que, "convencido Genaro que ni María del Carmen ni su hijo iban a volver, prepara el piso para continuar con la academia y en esas fechas se marcha a Bolivia", a lo que ha añadido que otro indicio más es que "abandone la academia sorpresivamente".

La Fiscalía también cita como indicios el hecho de que Ramallo únicamente responda a las preguntas de su abogado y no a las demás partes porque "si una persona es inocente, no tiene que temer", algo en lo que coincide con la acusación particular, así como la carta al diario Odiel, confirmando los peritos que es su letra y firma, en la que asegura que "encontró los cuerpos sin vida de María del Carmen y de su hijo y los enterró", una misiva que Ramallo ha negado en sala, pero la Fiscalía no entiende que "una tercera persona escribiera esto".

Por todo ello entiende que "las penas máximas están más que justificadas por las circunstancias, el parentesco, los años transcurridos, el ocultamiento de los hechos y la ficción mantenida" y ha solicitado también, como responsabilidad civil, una indemnización de algo más de 100.000 euros al padre y abuelo biológico de las víctimas.

"MÚLTIPLES INDICIOS"

Por su parte, la acusación particular, ejercida por el abogado Luis Romero, también ha solicitado las máximas penas al considerar que existen "múltiples indicios probatorios" y ha destacado que realizó los hechos con "premeditación, alevosía, envenenamiento y ensañamiento al comprar la finca dos meses antes de su desaparición para estos fines y por los objetos encontrados". También ha solicitado una indemnización de 200.000 euros para el padre de María del Carmen por cada una de las víctimas.

La acusación ha argumentado que Genaro era "un hombre de fuertes convicciones andinas" y ha explicado que estas ofrendas "consistían en ofrecer sangre humana a los dioses y se solían enterrar en el patio del hogar o su propia casa", por lo que asegura que, teniendo en cuenta que vivían en un piso, "utilizó la finca de Almonaster".

A su juicio, la conducta de Genaro "no es la normal en una persona a la que le falta su mujer y su hijo". También se ha referido a la carta que supuestamente envió el acusado al diario Odiel y ha argumentado, al igual que la Fiscalía, que "quién iba a querer enviar una carta para indultarlo a él".

Por otro lado, refiriéndose sobre la hipótesis mantenida por los forenses, propuestos por la defensa, que señalaron este jueves que los cuerpos "fueron enterrados ya esqueletizados", ha precisado el letrado que "no es creíble y puede ser perfectamente que Genaro los enterrara de una manera más superficial y después estos restos se movieran con el tiempo" por efectos naturales y, por último, sostiene que "no hay móvil" para un crimen de estas características.

DEFENSA

Por su parte, la defensa, ejercida por el letrado Álvaro Aznar, ha solicitado la absolución para su cliente porque "no hay ni la más mínima prueba" de que Genaro acabara con las vidas de María del Carmen y su hijo, y ha insistido en la nulidad de la entrada y registro en la finca de Almonaster, de las intervenciones telefónicas y de la toma de muestras de ADN, "porque no se hicieron ajustadas a derecho", por tanto considera que todas las demás pruebas "deben ser nulas".

A su vez, ha destacado que las acusaciones "tenían que haber demostrado que Genaro mató a estas dos personas y no hay ni la más mínima prueba de ello", indicando además que ambas partes, tanto la Fiscalía como la acusación particular, han utilizado "en muchas ocasiones" durante su exposición "verbos en condicional porque ni siquiera las acusaciones saben lo que pasó", por tanto, a su juicio, "no deben pedir una condena para que una persona pase el resto de su vida en la cárcel".

La defensa ha remarcado que "una prueba indiciaria debe partir de un indicio plenamente probado y no ha sido así", a lo que ha añadido que "todas las pruebas periciales realizadas, sin excepción, y todos los informes caligráficos son negativos".

Por otro lado, ha subrayado la existencia de "indicios claros y evidentes de que probablemente María del Carmen se fuera a Madrid", refiriéndose a los pagos con tarjeta realizados desde zonas cercanas supuestamente durante el tiempo que el acusado estaba en Bolivia.

En cuanto a los restos, ha manifestado que, según afirmaron ayer los forenses, por los dientes analizados del menor "la víctima murió en el año 95 y María del Carmen con 29 años", mientras que en 1993 contaba con 26, a lo que ha añadido que "no hay causas de la muerte" y es "imposible" que Genaro cavara ese pozo solo y salir de él.

Por último, ha señalado que la acusación "no ha podido probar ni siquiera dónde ni cómo los mató" y al no haber pelos, considera que es "un elemento crucial de que estas personas no murieron allí".

Por todo ello entiende que "no existe base para condenar a Genaro por estos hechos porque no se habla en ningún momento de pruebas que incriminen a su cliente por delitos de asesinato".

Por su parte, el tribunal ha asegurado que, "en caso de duda, el acusado no será condenado" y ha señalado que el viernes adelantará el fallo a las partes y en el próximo mes de noviembre dictará sentencia.

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