Acepta trabajos en beneficio de la comunidad una expareja acusada de pegarse mientras ella limpiaba

Actualizado: jueves, 2 julio 2015 3:52

JAÉN, 21 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a los dos miembros de una pareja ya separada a entre seis meses y 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad en virtud de una sentencia acordada previamente, que, entre otras cuestiones, enjuicia un supuesto episodio de malos tratos que se habría cometido durante una discusión entre ambos, iniciada cuando la acusada M.E.M.M. limpiaba el domicilio en el que vivía con su novio y padre de su hija menor de edad.

La sentencia, fechada el pasado día 14 y consultada por Europa Press, considera probado que los acusados mantuvieron durante diez años una relación sentimental que terminó en 2011, año en el que --concretamente el 25 de abril--, ambos discutieron "ya que al parecer la acusada se encontraba limpiando y el acusado ponía cosas por medio, impidiendo que ésta pudiera realizar su trabajo".

En ese momento, ella "golpeó" a su pareja, R.P.C., "con un palo de escoba, y después, al romperse éste, con un palo de fregona", mientras que él le "dio dos bofetadas" a su novia, a la que "empujó y tiró al sofá", según relata la sentencia, que ya es firme y que añade que como consecuencia de estos hechos ambos sufrieron lesiones.

El fallo del Juzgado de lo Penal también se hace eco de la existencia de "numerosos actos de violencia, expresiones agresivas y menosprecios" por parte del acusado hacia su pareja, a la que en diciembre de 2010, encontrándose en el domicilio familiar, sito en Benatae (Jaén), y cuando ésta tenía "a su hija menor en brazos", R.P.C. "le tiró un cenicero a la cabeza e hincó la púa de una pinza en la cabeza".

De igual modo, "a la semana siguiente, al negarse M.E.M.M. a darle dinero para jugar a las máquinas, le propinó con un cojín numerosos golpes en el cuello y en la espalda", abunda la sentencia, que por estos hechos considera al acusado autor de un delito de malos tratos habituales por el que inicialmente se le imponía una pena de seis meses de prisión que ha sido sustituida por la referida de seis meses de trabajos en beneficio de la comunidad.

Además, se le prohíbe durante un año y seis meses que se acerque a menos de 200 metros a su expareja y se comunique con ella, en virtud de una sentencia que condena también a la mujer a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de malos tratos, así como a que permanezca más de 200 metros alejada de su exnovio y se comunique con él durante un año.

OTRO ACUERDO DE CONFORMIDAD

Por otro lado, el mismo Juzgado de lo Penal número 4 de Jaén ha condenado a un hombre identificado como S.F.R. a 31 días de trabajos en beneficio de la comunidad por un delito de amenazas a su exmujer, a otros 56 días por otro supuesto de ese tipo y a seis meses de prisión por un delito de allanamiento de morada, todo ello en virtud de otra sentencia adoptada también con acuerdo de conformidad entre las partes.

De esta manera, la sentencia, fechada el 25 de septiembre, considera probado que el acusado, divorciado de C.S.R. desde 2011, le ha venido repitiendo a ésta "con frecuencia" desde la "separación de hecho" que "como la vea con otros o salga le va a cortar el cuello, que tiene que tener cuidado, que pueden fallarle los frenos".

"Incluso en alguna ocasión cuando C.S.R. se despertó, el acusado estaba en su dormitorio y le dijo 'si hubieras estado con alguien os habría matado a los dos'", según recoge la sentencia, que detalla que el 1 de junio de 2011, el procesado entró, "tras poner una escalera en una ventana del garaje", en la vivienda que había sido familiar y cuyo uso le había quedado adjudicado a su exmujer tras el divorcio, de la que, por tanto, ya no tenía llave.

El encartado se encontró entonces a la pareja de C.S.R., tras lo cual agarró a ésta "del cuello con una mano mientras con la otra sujetaba un cuchillo apoyándolo en el cuello" del acompañante de ésta, "gritándole que saliera de su casa", a la vez que amenazaba a su exmujer con dicho utensilio indicándole "quieres que se cumpla lo de juntos para siempre".

Cuando ésta logró "subirse a un vehículo tan rápido como pudo con su hijo menor", el acusado "golpeó con el cuchillo el cristal del coche, mientras (...) le decía a su hijo 'mira qué mala es mamá que me va a denunciar a la Policía que quiere que entre en la cárcel'".

La sentencia considera que estos hechos constituyen dos delitos de amenazas por los que, en total, se condena al procesado a una pena de 87 días de trabajos en beneficio de la comunidad, y un delito de allanamiento de morada que se castiga con seis meses de prisión.

Además, el fallo, que es firme, impone al encartado una prohibición de acercarse a su exesposa a menos de 500 metros y comunicarse con ella durante tres años por los dos supuestos de amenazas, y durante cinco años por el delito de allanamiento de morada.

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