Actualizado: lunes, 7 noviembre 2016 15:01

Estima así un recurso que Anticorrupción presentó antes de que la juez archivara la pieza por la ayuda a Azucareras Reunidas de Jaén

SEVILLA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha ordenado a la juez María Núñez Bolaños, que investiga el caso de los ERE fraudulentos, que se pronuncie "sin dilación" sobre la imputación de ocho personas --entre ellas cinco exaltos cargos de la Junta de Andalucía-- en relación a la pieza separada abierta por la ayuda de 1,3 millones de euros concedida a Azucareras Reunidas de Jaén S.A. y que fue recientemente archivada por la magistrada.

En un auto, al que ha tenido acceso Europa Press, la Sección Séptima ordena a la juez que decida sobre la imputación en esta pieza separada del exconsejero de Empleo Antonio Fernández; del exviceconsejero del ramo Agustín Barberá; de los exdirectores generales de Trabajo Francisco Javier Guerrero, Juan Márquez y Daniel Alberto Rivera; del ex parlamentario del PSOE andaluz Ramón Díaz, del extrabajador de Vitalia Antonio Albarracín y de Álvaro Luis Alonso de Rivero Esteban.

De este modo, el tribunal estima parcialmente un recurso que la Fiscalía Anticorrupción presentó antes de que la magistrada decidiera archivar esta pieza separada al no apreciar delito y no existir 'intrusos'. Así, se trata de un recurso contra un auto dictado el 22 de junio en el que la juez rechazó las diligencias solicitadas por el Ministerio Público "en tanto no se complete la documental solicitada en las actuaciones".

Anticorrupción también ha recurrido en apelación el archivo de la pieza dictado por la magistrada al entender que se trata de una decisión "apresurada" y "precipitada", recurso sobre el que la Audiencia Provincial todavía no se ha pronunciado, según han informado a Europa Press fuentes judiciales.

EL ERE

En el auto, de 31 de octubre, la Audiencia recuerda que fue el 28 de marzo de 2016 cuando la juez acordó incoar dicha pieza separada de los ERE para "determinar la naturaleza y circunstancias de tales hechos y las personas que en ellos han intervenido", señalando que tales hechos "no son otros" que la aprobación del ERE 18/2006 de la empresa Azucareras Reunidas de Jaén iniciado mediante escrito de dicha empresa de 5 de mayo de 2006.

Según la Audiencia Provincial de Sevilla, dicho ERE dio lugar a la firma de una póliza colectiva y a resoluciones de la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social de los años 2006 a 2011 por las que la Junta, "a pesar de no ser la tomadora de la póliza, abonaba los compromisos económicos derivada de la misma a través de la agencia IDEA".

Anticorrupción recurrió el auto de 22 de junio al entender que existen indicios para imputar a las ocho personas referidas, y sobre ello la Audiencia pone de manifiesto que el auto "no acuerda que no concurren indicios" en estas personas, "sino que pospone dicha decisión a la remisión de la documental solicitada".

"NO ENTENDEMOS NI COMPARTIMOS ESTA DECISIÓN"

"No entendemos ni compartimos esa decisión", asevera el tribunal, que añade que "la única documentación que se ha solicitado consiste" en que la Junta aporte al procedimiento una copia testimoniada de toda la documentación relativa a la refinanciación de la póliza referida.

A juicio de la Audiencia, dicha refinanciación se ha efectuado a partir del Decreto-ley 4/2012, por lo que "es irrelevante e innecesario para la instrucción de la presente causa y la posible participación en los mismos de los señores mencionados", ya que los indicios sobre su posible participación "se refieren bien a los cargos públicos que ostentaban en los años 2006 a 2011, bien los cargos que ostentaron en dicho periodo en Seguros Vitalicios y en la empresa beneficiada con el ERE 18/2006, es decir Azucareras Reunidas de Jaén".

Como el auto recurrido "no deniega la imputación mencionada, sino que la pospone a la incorporación de la documental indicada", la Audiencia estima parcialmente el recurso de la Fiscalía y ordena a la juez que, "sin dilación", se pronuncie sobre la imputación de las ocho personas mencionadas.

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