Cierre del campo tres partidos y multa de 450 euros al CD Torredelcampo por "insultos sexistas" a una asistente

Publicado: martes, 11 abril 2017 19:03

JAÉN, 11 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Comité de Competición y Disciplina Deportiva Provincial de Jaén ha resuelto el expediente sancionador abierto por el partido que el 22 de enero enfrentó al CD Torredelcampo y el CD Vilches, "en el que se produjeron insultos sexistas graves contra la árbitra asistente Soraya Leyva". En la resolución, se dicta el cierra por tres partidos del campo torrecampeño y se multa al club con 450 euros.

Así se recoge en la página web de la Real Federación Andaluza de Fútbol (RFAF), en la que se añade que en este fallo se aplica "el agravante de sexismo tal y como recoge el Código de Justicia Deportiva" de la entidad. Además y en aplicación del artículo 75 del citado código, se descuentan dos puntos en la clasificación al CD Torredelcampo y se le informa de que los tres partidos de cierre deben jugarse a puerta cerrada.

La resolución del Comité de Competición de Jaén se produce en el marco del expediente que abrió por los hechos ocurridos y reflejados en el acta del partido de Primera Andaluza Senior entre los citados equipos. En su acta, el árbitro reflejó que una parte de los aficionados que estaban tras la asistente número Soraya Leiva Justicia 'se dedicaron a proferir insultos de todo tipo contra su persona'.

'Cito algunos de estos insultos intolerables: ¡zorra, vete a tu casa que es lo que tienes que hacer, y no estar aquí rodeada de tíos, que es lo único que te gusta, zorra!, ¿por qué venís tantas mujeres a arbitrar, si no servís para nada?', continuaba el acta.

Tras exponer los fundamentos de derecho en los que basa su decisión, el Comité ha acordado sancionar al CD Torredelcampo con tres partidos de cierre de sus instalaciones deportivas y una multa de 450 euros "por ser los hechos relacionados con el público de carácter graves, debido al contenido sexista y a la falta de colaboración del club en la identificación de los responsables", a lo que une el descuento de dos puntos de su clasificación en virtud del artículo 75.6.

Por otro lado, impone al jugador Iván Cano tres partidos de suspensión y multa de 27 euros "como autor de una infracción tipificada en el artículo 36.5" del Código de Justicia Deportiva de la RFAF, en el que se establece que "quienes amenacen o coaccionen a árbitros, sus asistentes, dirigentes o autoridades deportivas, serán sancionados con suspensión de tres partidos, con multa accesoria, como autor de falta leve".

Esta resolución del Comité de Competición y Disciplina Deportiva Provincial de Jaén no es firme, ya que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante el Comité de Apelación de la Real Federación Andaluza de Fútbol.