Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 12/03/2010 12:00
el SAS pagará 211.000 euros

Indemnizan a la familia de un paciente que murió por infarto tras diagnosticarle ansiedad

   El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha indemnizado con 211.000 euros a los familiares de un paciente que falleció de infarto de miocardio después de que le fuera diagnosticado un cuadro de ansiedad en el centro de salud de Santa Fe (Granada).

   La resolución, que ha sido tramitada por los Servicios Jurídicos de El Defensor del Paciente en Andalucía, viene a estimar la reclamación interpuesta en el año 2008 en representación de la familia del fallecido, que deja viuda y tres hijos, uno de ellos menor de edad.

   Los hechos se remontan al mes de octubre de 2007, cuando J.L.M. comenzó a experimentar un dolor intenso y repentino de espalda y pecho acompañado de sudoración y sensación de debilidad. Por ello acudió al Centro de Salud de Santa Fe, donde fue atendido por el médico de cabecera.

   Tras auscultarle, tomarle la tensión arterial y realizarle electrocardiograma, el paciente fue dado de alta domiciliaria, pese a que los síntomas iniciales no habían remitido, por considerar que tan sólo presentaba un cuadro de ansiedad. .

   Sin embargo, el resultado del electro cardiograma era "infarto agudo de miocardio"; es decir "que este grave hallazgo pasó injustificable y negligentemente desapercibido para el personal sanitario, remitiendo al paciente a su domicilio con un diagnóstico erróneo y sin el tratamiento urgente e indispensable que estos casos requieren", señala el Defensor del Paciente en un comunicado.

   Como consecuencia de lo anterior, el hombre abandonó el centro sin obtener la atención médica que precisaba. Una vez en su domicilio, sin mejoría alguna, J.L.M. decidió descansar en el sofá; en un momento dado, leyó el resultado del electrocardiograma (ECG) que le habían dado en Urgencias y le preguntó a su hija "¿por qué pone infarto en el electro?". A continuación se incorporó para quedarse sentado tras lo cual su hija y esposa presenciaron como caía del sofá al suelo, quedando inconsciente.

   De hecho, el electro no sólo reflejaba en sus gráficas la presencia del infarto, sino que además, también lo indicaba reiteradamente por escrito: "Infarto al Miocardio agudo. ECG Anormal*Bradicardia sinusal. Crecimiento auricular izquierdo. Infarto anterior, posiblemente agudo. Posible infarto inferior, edad indeterminada. Patrón de lesión lateral" (v.doc.)".

   Tras avisar inmediatamente al Servicio de Emergencias 061, la hija se dirigió corriendo al Centro de Salud tras intentar, sin éxito, contactar por teléfono; una vez allí gritó que su padre estaba en el suelo inconsciente; al acudir el facultativo que había atendido a su padre, "le pidió que fueran a auxiliarlo, a lo que se negó, alegando que no podía dejar sólo el Centro de Salud y que ya había sido atendido momentos antes".

   Ante esta "actitud pasiva", la joven corrió de nuevo a su domicilio donde ya se encontraba el Servicio de Emergencias, que, tras intentar sin éxito la reanimación del enfermo, tan sólo pudo certificar su muerte.

EL DEFENSOR DEL PACIENTE CREE QUE LA MUERTE SE PUDO EVITAR

   Los síntomas que al ingreso presentaba el paciente así como el resultado de la prueba electrocardiográfica eran pruebas suficientemente explicativas, y así lo ha aceptado el propio Servicio Andaluz de Salud, como para apreciar la necesidad de iniciar urgentemente, sin ningún género de error o duda, protocolo de actuación frente al infarto agudo de miocardio que, sin embargo, el personal sanitario no supo diagnosticar.

   Es por ello, por lo que decide estimar la reclamación interpuesta por José Miguel Castillo-Calvín, abogado del Defensor del Paciente y en representación de la familia del fallecido, señalando en su resolución, que "el paciente fue diagnosticado erróneamente, no habiéndose aplicado las medidas de precaución y tratamiento según protocolo de urgencia ante infarto agudo de miocardio", acordando indemnizar a la viuda e hijos del fallecido, en la cantidad de 211.000 euros, tal y como adelanta este viernes el diario 'Ideal de Granada'.

   Carmen Flores, presidenta de El Defensor del Paciente, valorando la resolución dictada por el SAS, señaló que "sin dejar de felicitarnos por la actitud de una Administración sanitaria, en cuanto reconoce su responsabilidad, no queremos dejar de denunciar que este fallo podría fácilmente haberse evitado".

   "Un error tan grosero, como no diagnosticar un infarto perfectamente visible en el electro, que incluso señala textualmente "infarto agudo de miocardio" no debe volver a repetirse. Por ello, desde nuestra Asociación, reclamamos una vez más que en casos como el presente, además deben adoptarse concretas medidas disciplinarias frente a aquellos que demuestran no ya una actitud negligente, sino realmente un desprecio absoluto a su profesión y a sus pacientes", consideró.

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