El presidente de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, Pedro Izquierdo
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 1 marzo 2017 16:59

SEVILLA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

Manos Limpias ha recusado al magistrado Pedro Izquierdo, que fue secretario general para la Justicia de la Junta de Andalucía entre 2008 y 2014 y que ha sido designado como ponente del juicio contra los expresidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros 24 ex altos cargos, entre ellos seis exconsejeros, por la 'pieza política' de los ERE fraudulentos.

En un escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, el sindicato reclama la abstención de Pedro Izquierdo, presidente de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla, y promueve, para el caso de que no se abstuviera, la subsidiaria recusación con base en las causas 9 y 10 del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), como es "amistad manifiesta con numerosos acusados" y "tener interés directo o indirecto en el pleito".

En este sentido, el abogado que ejerce la acusación en nombre de Manos Limpias, Rafael Prieto Tenor, señala que la abstención "supone una obligación, que no una posibilidad, que impone" la LOJP, "entre otros, a jueces y magistrados, como autoridad pública investida de potestad jurisdiccional para aplicar las leyes y demás normas jurídicas en virtud de la cual, de concurrir una causa legal por la que exista un deber de apartarse en la tramitación de un procedimiento deberá procederse en cada caso a cumplir lo dispuesto en el artículo 219 y siguientes".

Con ello, añade el letrado en este escrito elevado a la Sección Primera y fechado el día 28 de febrero, "se pretende que no pueda permanecer en los profesionales o justiciables la más mínima duda acerca de la imparcialidad del titular del órgano judicial al que se ha repartido un procedimiento que debe resolver".

Al hilo, el abogado recuerda que el Consejo de Gobierno andaluz nombró el 29 de abril de 2008 como secretario general de Modernización de Justicia a Pedro Izquierdo, "cargo político" que ocupó hasta el 22 de julio de 2014, "esto es, durante más de seis años", añadiendo que el magistrado ocupó dicho puesto "durante la etapa de los expresidentes socialistas acusados Manuel Chaves y José Antonio Griñán", quienes, "al alimón con varios exaltos cargos del Gobierno andaluz también acusados, han sido sus compañeros en funciones institucionales".

"Y no solo eso, sino que muchos de los ahora acusados de penas privativas de libertad expuestos a su fallo son quienes otrora le eligieron personalmente para ocupar su cargo político", subraya el abogado, que agrega que "no sólo hablamos de haber compartido funciones políticas e institucionales, sino que centramos la atención en los numerosos acusados que intervinieron personalmente en la elección del magistrado ponente como cargo político".

"QUE SE RETIRE" DE LA CAUSA

Por todo ello, considera que Pedro Izquierdo "debería abstenerse y decidir apartarse de la causa criminal seguida contra los acusados que votaron su nombramiento como cargo político, que lo mantuvieron durante años y que a la sazón serían sus ulteriores compañeros (presidente, vicepresidente, consejeros y viceconsejeros)".

El sindicato añade que la sociedad civil "no entiende cómo el magistrado ponente no se aparta de la causa pese a las serias dudas que su elección plantea y que él mismo pareció cuestionarse a resultas de sus manifestaciones en los medios", por lo que le reclama que "se retire de la causa" y se abstenga dadas "las dudas acerca de la apariencia de imparcialidad a consecuencia de los antecedentes políticos relatados".

"Como mínimo, existe la presunción de que 'simpatiza' con los políticos acusados que le eligieron y mantuvieron durante más de seis años", señala el abogado, que considera que "sea cual fuere el fallo que dictare (sin duda íntegro y objetivo), siempre arrastraría una sombra de sospecha en la ciudadanía, lo que degrada la imagen de la Administración de Justicia y nos impone promover su recusación".

Y es que "el sentido común aconseja en estas excepcionales circunstancias de especial complejidad y de singular trascendencia mediática que no existan las más mínimas sombras de sospecha en la ciudadanía tras las funciones políticas desempeñadas durante más de seis años por el magistrado ponente, mano a mano y codo a codo (políticamente hablando) junto a los acusados determinantes de su nombramiento, lo que socialmente arroja dudas sobre su apariencia de imparcialidad, dentro de los cánones exigidos" por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

"CLARA APARIENCIA DE FALTA DE IMPARCIALIDAD"

"Existe una clara apariencia de falta de imparcialidad en el magistrado ponente", afirma el letrado, que no duda de la "profesionalidad" de Pedro Izquierdo pero que considera que existen "causas objetivamente justificadas de que puedan proyectarse en la sociedad dudas acerca de la apariencia de imparcialidad". "Lo que está en juego es la confianza que los tribunales deben inspirar a los ciudadanos en una sociedad democrática", apostilla.

El abogado concluye diciendo que "la ciudadanía quizás no entienda demasiado del sistema legal, pero se da perfecta cuenta de que algo no funciona cuando quien fuere cargo político de largo recorrido se ve en la tesitura de juzgar a los mismos que lo eligieron y mantuvieron en su función", por lo que "procede que el magistrado ponente se aparte de la causa, bien absteniéndose de conocer, bien a través de la subsidiaria recusación planteada".

A juicio del letrado, con su nombramiento como ponente de la causa se está vulnerando el artículo 24.2 de la Constitución española (derecho fundamental a un proceso con todas las garantías) y los artículos 6.1 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (derecho al juez imparcial).

EL SORTEO

El pasado viernes, cabe recordarlo, se realizó un sorteo interno entre los cinco magistrados de la Sección Primera de la Audiencia que dio como resultado la designación como ponente de Pedro Izquierdo, que presidirá el juicio y que estará acompañado en el tribunal por Pilar Llorente y Encarnación Gómez.

Tras conocerse el resultado del sorteo, el propio Pedro Izquierdo atendió a un grupo de periodistas para manifestar que, a su juicio, "no existe causa legal de abstención", y añadir que su paso por la Consejería de Justicia e Interior le supuso un "enriquecimiento" tanto personal como profesional.

"Me siento orgulloso de haber servido a Andalucía", indicó Pedro Izquierdo en referencia a su paso por el departamento autonómico de Justicia e Interior.

Cuestionado por la posible recusación que pueda plantear alguna de las partes personadas en este procedimiento, el magistrado explicó que debería atenerse a las causas de abstención y, en su caso, de recusación, recogidas en el artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

LAS CAUSAS DE ABSTENCIÓN

Este artículo recoge hasta 16 causas de abstención, una de las cuales hace referencia al hecho de "haber ocupado cargo público, desempeñado empleo o ejercido profesión con ocasión de los cuales haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o causa o en otro relacionado con el mismo".

Otro motivo de abstención, y en su caso de recusación, es "haber ocupado el juez o magistrado cargo público o administrativo con ocasión del cual haya podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad".

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