Juan Ignacio Moreno Yagüe presentando una ley de Podemos contra los desahucios
EUROPA PRESS/PODEMOS
Actualizado: martes, 4 abril 2017 14:55

SEVILLA, 4 Abr. (EUROPA PRESS) -

El grupo parlamentario de Podemos Andalucía ha registrado este martes en la Cámara andaluza una proposición de ley con la que persiguen que puedan pararse desahucios "de manera automática" al obligar a los bancos a revelar quién es el "verdadero" acreedor de las hipotecas, informado de las hipotecas que hayan sido vendidas a fondos de inversiones y que, por lo tanto, ya no sean propiedad de la entidad bancaria.

En declaraciones a los periodistas para presentar la norma, el diputado de Podemos Andalucía Juan Ignacio Moreno Yagüe ha explicado que en la mayoría de los desahucios los bancos "se ejecutan hipotecas que no son suyas, sino que las han vendido a fondos de titulizaciones", de manera que "los bancos pierden el derecho de ejecución hipotecaria".

Según ha señalado, "los tribunales están archivando las ejecuciones hipotecarias cuando se demuestra que el banco ya no es el dueño de la hipoteca y la ha vendido", pero el problema radica en que el desahuciado "nunca encuentra la información acerca de dónde está su hipoteca y quién la tiene", ha criticado Moreno Yagüe. Y es que, como ha añadido, "cuando un desahuciado encuentra que su hipoteca está titulizada y la tiene alguien que no es banco, en los juzgados inmediatamente se archiva el procedimiento de desahucio".

Precisamente esta proposición de ley de Podemos Andalucía persigue que los bancos tengan que informar a los usuarios de quién posee la hipoteca, si la misma entidad con la que firmaron o si bien ésta la ha vendido a fondos de titulizaciones, para, llegado el caso, poder paralizar los desahucios que se encuentren en el segundo supuesto pues "existen sentencias que mandan archivar los procedimientos de desahucios cuando se detecta que el banco no es el dueño de la hipoteca".

"Esta ley permite a los desahuciados utilizar sus derechos en la vía judicial", ha sostenido Moreno Yagüe, que ha concretado que "aproximadamente el 80 por ciento de todas las hipotecas del país han sido titulizadas y están en manos de fondos de titulización", con lo que "los bancos pierden el derecho de ejecución hipotecaria" porque "se quedan como gestores, no son los dueños de la hipoteca".

Así las cosas, Moreno Yagüe ha explicado que la norma planteada por su formación viene amparada por más de 40 sentencias de los órganos de primera instancia de todo el país y por más de ocho sentencias de audiencias provinciales, y que tanto la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) como el Banco de España se han pronunciado en este sentido.

El diputado de Podemos ha señalado que han intentado negociar esta proposición de ley con el PSOE-A y con Ciudadanos pero "tras meses de negociaciones, a pesar de ser una norma que no tiene ningún matiz ideológico y que responde a una necesidad de los consumidores, no ha sido posible llegar a ningún acuerdo", cuando reconoce que a día de hoy no saben "por qué la rechazan".

CONTENIDO DE LA LEY

Titulada 'Ley de información a los consumidores sobre la titulización de préstamos hipotecarios y de otro tipo', la proposición de ley de Podemos contiene seis artículos. Los dos primeros hablan de quién es el sujeto afectado por esta ley y qué son los préstamos titulizados, mientras los artículos tres y cuatro establecen el derecho del consumidor a reclamar a su banco esta información y que éste se la facilite en un máximo de cinco días hábitel. Además, la norma establece sanciones en caso de incumplimiento.

Así, se considera hipoteca titulizada aquel préstamo con garantía hipotecaria contratado por un consumidor con una entidad de crédito cuya actuación en Andalucía se halle sujeta a la supervisión del Banco de España, que hayan sido cedidos por cualquier título a un fondo de titulización.

De esta manera, la norma planteada por Podemos recoge que las entidades que hayan cedido un crédito hipotecario u ordinario a un fondo de titulización deberán informar por escrito o por correo electrónico de esta cesión al consumidor con el que hubieren firmado el contrato de préstamo garantizado con hipoteca u otro tipo de préstamo con distinta garantía o sin garantía. Esta notificación se realizará de oficio por la entidad financiera en el momento de producirse o a petición del interesado.

El plazo de comunicación no podrá superar, en ningún caso, los cinco días hábiles desde que se produce la titulización del préstamo hipotecario o desde la solicitud de información realizada por la parte deudora hipotecaria, en el caso de los préstamos titulizados antes de la entrada en vigor de esta Ley y en otras situaciones.

La notificación de la información acerca de la titularidad de la deuda se hará mediante correo postal y electrónico, indicándose la identidad del adquirente, así como todos los datos que permitan la identificación de manera sencilla y comprensible de los datos de la titulización. Si la entidad conserva la titularidad del crédito, se hará constar en la información proporcionada la manifestación de que continúa siendo el acreedor.

Asimismo, la proposición de ley contempla un régimen sancionador, que se remite a lo dispuesto en la Ley de defensa y protección de los consumidores y usuarios de Andalucía, considerando una infracción grave que la entidad no notifique la información en plazo, mientras que si la omisión de informar sobre la titulización de una hipoteca afecta a la capacidad de la parte deudora hipotecaria para defenderse en un procedimiento de ejecución hipotecaria, será entendido como una infracción muy grave.

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