Actualizado: domingo, 5 julio 2015 18:58

JAÉN, 5 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número dos de Jaén ha ordenado a la Junta de Andalucía a "abonar la totalidad de las retribuciones dejadas de percibir" por un profesor "cuando se encontraba en situación de incapacidad temporal" debido a una intervención quirúrgica.

En una sentencia contra la que "no cabe interponer recurso ordinario alguno", el citado juzgado ha estimado así un recurso contencioso-administrativo interpuesto por el referido profesor frente a una resolución de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Junta en Jaén, de fecha 16 de enero de 2015, que ahora queda anulada en virtud de este fallo judicial, que además impone a la Junta el pago de las costas de este proceso.

La sentencia, consultada por Europa Press, ha sido dada a conocer este domingo por la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía (APIA), cuyos servicios jurídicos han participado en este procedimiento judicial, y que ha celebrado el fallo, comunicado por el juzgado el pasado día 3.

Según detalla la sentencia, la Junta defendía como "ajustada a derecho" su resolución impugnada, al entender que la incapacidad temporal, debida a una intervención quirúrgica en un dedo de su mano derecha, "no se deriva de tratamiento incluido en la cartera del servicios del Sistema Nacional de Salud", algo que rechaza el juzgado, que por ello anula la resolución de la Junta.

VALORACIÓN DE LA APIA

Para la APIA, "la actuación, claramente contraria a Derecho, de la Delegación Territorial y de su delegada a la cabeza, reviste una especial gravedad por cuanto primero se dictó una resolución desestimatoria de la solicitud de percepción de 100 por cien de las retribuciones, fundamentada en que el tratamiento no se encontraba dentro de la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud, para a continuación, de forma completamente torticera, y en respuesta al recurso de reposición presentado, cambiar el motivo de la desestimación, afirmando, sin inmutarse, que no se había producido intervención quirúrgica alguna, sin tener en cuenta la certificación del propio cirujano, lo que generó al demandante una notable indefensión, proscrita en nuestro ordenamiento jurídico".

En palabras del presidente de APIA, Manuel Fernández, "la cicatería mostrada por la Delegación territorial de Jaén le ha salido cara", puesto que "no sólo va a tener que cumplir la ley y abonarle al profesor el 100 por cien de las retribuciones que le correspondían y que nunca le debió negar, sino que además va a tener que pagar las costas judiciales."

Fernández también ha mostrado el malestar de su sindicato con la Administración por "pretender ahorrar a costa del profesorado, de su contratación y de su cobertura sanitaria parte del presupuesto que dedican a proyectos inútiles, innumerables asesores dedicados a tareas meramente burocráticas, publicidad institucional innecesaria o subvenciones a entidades de todo tipo y en ocasiones de dudosa utilidad educativa".

Por último, el presidente de APIA ha aprovechado esta sentencia para recomendar "a todos los profesores que puedan verse en la situación del demandante que no se plieguen ante el avasallamiento de la Consejería y recurran por todos los medios legales a su alcance resoluciones y actuaciones tan burdas como la que ha sido objeto de esta sentencia".

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