El Ayuntamiento de Lora "estudiará seriamente" recurrir la condena del desfalco por su "poco tiempo de prisión"

Eloy Tarno y Antonio Miguel Enamorado
EUROPA PRESS/AYTO LORA DEL RÍO
Actualizado: jueves, 30 julio 2015 16:42

LORA DEL RÍO (SEVILLA), 30 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla) "estudiará seriamente" la posibilidad de recurrir la sentencia de la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla que condena a tres años y seis meses y a dos años y siete meses de cárcel, respectivamente, a los dos trabajadores municipales del Consistorio acusados de apropiarse de 1.076.460,82 euros de las arcas municipales entre los años 1996 y 2011 a través de miles de nóminas ficticias que elaboraron y cobraron.

Así lo ha anunciado este jueves el alcalde de Lora, Antonio Miguel Enamorado, que considera que la sentencia impone "poco tiempo de prisión ante la gravedad de los delitos por los que han sido condenados" los encartados.

"Aunque lógicamente acatamos la sentencia, entendemos que es poco tiempo de prisión ante la gravedad de los delitos por los que han sido condenados; así, las partes podrán recurrirla y por supuesto el Ayuntamiento de Lora del Río estudiará seriamente dicha posibilidad", ha comentado en un comunicado el regidor loreño.

En cuanto a la recuperación del dinero desfalcado, Enamorado ha mostrado "pocas esperanzas, ya que ambos --en alusión a los condenados-- se han declarado insolventes, por lo que es muy difícil que puedan o vayan a devolver las cantidades económicas sustraídas a las arcas municipales".

Concretamente, la sentencia en cuestión, a la que ha tenido acceso Europa Press, condena a A.M.L.G., por un delito continuado de falsedad en documento oficial en concurso medial con otro delito continuado de estafa agravada por la cuantía total defraudada, a tres años y medio de prisión, tres años de inhabilitación para empleo o cargo público y al pago de una multa de 2.520 euros.

Asimismo, el tribunal condena a M.P.C., por el mismo delito, a dos años, siete meses y quince días de cárcel, al pago de una multa de 1.758 euros y a dos años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

De igual modo, absuelve a las parejas de los dos acusados, aunque declara a la mujer de A.M.L.G., como partícipe a título lucrativo, responsable civil solidaria de la indemnización impuesta al acusado con el límite de la cuantía de su participación, ascendente a 932.213,14 euros.