Ecologistas cree que la condena de Cobre las Cruces sentará "jurisprudencia"

Mina Cobre Las Cruces en Sevilla
COBRE LAS CRUCES
Publicado: lunes, 12 septiembre 2016 14:57

Antonio Ramos admite que aceptar una rebaja de penas era la solución "menos mala" para evitar más demoras en la sentencia

SEVILLA, 12 Sep. (EUROPA PRESS) -

Antonio Ramos, responsable de Minas y Canteras de Ecologistas en Acción de Andalucía, ha celebrado este lunes la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla a Françoise Fleury, William Thomas y Paz Cosmen, como autores de un delito contra el medio ambiente y otro de daños al dominio público, a cuenta de la contaminación y la detracción no autorizada de agua detectadas en la mina Cobre las Cruces, ubicada en suelos de Gerena, Guillena y Salteras.

Al término de la vista oral celebrada este lunes por la Audiencia Provincial, donde este juicio ha sido resuelto por conformidad entre los acusados y la Fiscalía, con la adhesión de la acusación popular que ejercía Ecologistas en Acción, Antonio Ramos ha rememorado los 16 años de "lucha" de la organización, ocho de ellos en esta causa judicial concreta, contra Cobre las Cruces. "Es una empresa depredadora del medio ambiente", ha señalado.

Ramos ha criticado que la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir no se haya personado en esta causa como acusación particular y avisa de que el caso de Cobre las Cruces pone de relieve "la nefasta política de la Junta de Andalucía" en materia de minas. A su juicio, la administración andaluza lanza a las empresas mineras la idea de que "se puede hacer lo que se quiera" e incluso se "ha premiado el hacer de Cobre las Cruces", toda vez que ahora un tribunal ha condenado a la compañía por delitos contra el medio ambiente y de daños al dominio público.

Sobre el acuerdo alcanzado para resolver el juicio por conformidad, lo que ha supuesto que las peticiones de condena de los acusados pasasen de cinco años y medio de cárcel y multas por valor de 11.700 euros en cada uno de los casos, a sólo multas de 6.750 euros, Antonio Ramos ha defendido que se trata de la opción "menos mala", avisando de que la causa se encaminaba a "tener que espera a 2017" para el juicio y que después "hubiese el grave riesgo de que recurriesen" la sentencia. Y es que el caso, recordémoslo, se remonta a 2008.

"Nos damos por contentos con que haya una sentencia condenatoria, más allá de la cuantía. Lo verdaderamente importante es que es una sentencia condenatoria que va a crear jurisprudencia, porque en España es la primera y única contra una empresa minera, que ha acepado la propia empresa", ha defendido Antonio Ramos.

COBRE LAS CRUCES. OCHO AÑOS DESPUÉS

El procedimiento judicial se remonta a 2008 y parte de una querella de la Fiscalía de Medio Ambiente y Patrimonio Histórico, a raíz de los expedientes sancionadores previamente incoados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) contra Cobre las Cruces, por la detracción no autorizada de 75.000 metros cúbicos de agua del acuífero Niebla-Posadas, la práctica de 20 sondeos no autorizados y el vertido de arsénico y otras sustancias contaminantes a este cauce hídrico explotado por la empresa minera, mediante una autorización de la CHG.

La Fiscalía, en su escrito de acusación inicial, recogido por Europa Press, señalaba que "la dinámica de la empresa" Cobre las Cruces, --entonces filial de la multinacional 'Inmet Mining' y ahora perteneciente a 'First Quantum'--, fue el "incumplimiento" de la autorización concedida para el aprovechamiento del acuífero, mencionando entre otras cosas aspectos como "sondeos sin preceptiva autorización", extracciones de agua cuya acta de reconocimiento carecía de aprobación, una "detracción ilegal" de aguas y "concentraciones de arsénico" en el caudal del acuífero.

SUSPENSIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

La CHG, a cuenta de estos hechos, suspendió provisionalmente la concesión administrativa otorgada a Cobre las Cruces para el aprovechamiento del acuífero a través del citado sistema de drenaje y reinyección de agua, si bien la concesión fue finalmente restituida a cuenta de las medidas adoptadas por la compañía para solventar las incidencias.

La Fiscalía, así, reclamaba para cada uno de los tres acusados cuatro años de prisión, tres años de inhabilitación y 9.000 euros de multa por un delito contra el medio ambiente, así como un año y medio de cárcel y 2.700 euros de multa por un delito de daños al dominio público. Además, se les solicitaba el pago de 607.430 euros en concepto de responsabilidad civil.

Y aunque el juicio estaba inicialmente señalado para el 18 de septiembre de 2017, la vista oral ha sido celebrada ya este lunes, al mediar una conformidad entre los acusados y la Fiscalía, adhiriéndose Ecologistas en Acción a dicho acuerdo, ya que el colectivo figuraba como acusación popular en esta causa.

En concreto, Françoise Fleury, William Thomas Willliams y Paz Cosmen han reconocido este lunes ante el tribunal la autoría de los citados delitos contra el medio ambiente y de daños al dominio público.

LA FISCALÍA REDUCE SUS PETICIONES

La Fiscalía, de su lado, ha reducido sus peticiones de cinco años y medio de cárcel y multas por valor de 11.700 euros para cada uno de los tres acusados, a un año de cárcel, una multa de 2.700 euros y una inhabilitación de un año para el ejercicio de la profesión, por el delito contra el medio ambiente, mientras en cuanto al delito de daños al dominio público recocido por los ya condenados, ha rebajado su petición a tres meses de prisión sustituible por una multa de 2.700 euros y una multa más de 1.350 euros.

Todo ello, suspendiendo además la ejecución de la pena de cárcel siempre y cuando los condenados no delincan en un plazo de dos años. Los tres acusados, así, han aceptado estas penas, que en la práctica se reducen a multas de 6.750 euros por cabeza, toda vez que la propia compañía Cobre las Cruces tiene la obligación de responder directa y solidariamente de tales sanciones.

Y "solidariamente los acusados y subsidiariamente Cobre las Cruces", esta sentencia condenatoria recogida por Europa Press implica una indemnización a la CHG de 43.688 euros por la contaminación del agua y de 249.521 euros por los daños derivados por la detracción del agua. Dado que la compañía había consignado más de 619.000 euros por posibles responsabilidades civiles, se le devolverá la diferencia de las cuantías ya descritas.