ISA apela a sentencias del TSJA que "dicta igualdad de trato entre interinos y funcionarios" y espera un nuevo concurso

Actualizado: martes, 20 octubre 2015 15:07

SEVILLA, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

El sindicato Iniciativa Sindical Andaluza (ISA) ha apelado a nuevas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que "contemplan la igualdad de trato entre funcionarios interinos y funcionarios de carrera tanto en la antigüedad como en el trabajo desarrollado", por lo que espera que se produzcan las modificaciones necesarias para que se pueda convocar un nuevo concurso de traslados.

En una nota, ha apuntado que la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) con sede en Granada, por apelación por parte de la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la sentencia el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Granada, "anula el artículo 54.1.2 del decreto 2/2002, sobre el trabajo desarrollado, en base al cumplimento de la Directiva Europea 1999/70/CE, en la que no se permite la diferencia de trato entre el personal fijo y no fijo".

Ha precisado que esta última sentencia "fue dictada a instancias de un recurso presentado por el gabinete jurídico de la actual Iniciativa Sindical Andaluza".

Este sindicato ha precisado que la sentencia "deja muy clara que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea es de obligado cumplimiento, además que las funciones que desempeñan los funcionarios interinos son las mismas que la de los funcionarios de carrera, por lo que no se les puede discriminar".

Por ello, apunta que "con esta sentencia y la carta de emplazamiento al Estado de la Comisión Europea queda claro, que se tiene que aplicar obligatoriamente la igualdad de trato, tanto en la antigüedad como en el trabajo desarrollado, dando la razón a una de nuestras reivindicaciones históricas consiguiendo así, uno de los objetivos más importantes de la Iniciativa Sindical Andaluza".

Asimismo, ha apuntado que "con idéntica argumentación se resuelven las apelaciones de la Consejería de Hacienda y Administración Pública ante el TSJA en sentencias 1563 y 1566 de 2015, desestimando sus pretensiones, declarando la nulidad del artículo 54, exclusivamente en lo que se refiere al trabajo desarrollado del Decreto 2/2002".

Por tanto, este sindicato entiende que "el proceso lógico que debe seguirse para la convocatoria de concurso de traslados es la aprobación en el periodo de sesiones actual de una de las proposiciones de Ley de modificación de la Ley 6/85, actualmente en trámite por el Parlamento andaluz; la modificación del artículo 54 del decreto 2/2002 en ejecución de sentencias del TSJA, valorándose igual el trabajo desarrollado desde puesto provisional como definitivo; y la convocatoria del concurso a resultas".