El tribunal exculpa del delito de asesinato al jefe del exmilitar cubano por el crimen la gasolinera en Sevilla

La sala de vistas antes del juicio
EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 6 abril 2018 13:30

Alberto H.B., el único acusado, ha pedido "perdón" a la familia de la víctima

SEVILLA, 6 Abr. (EUROPA PRESS) -

El magistrado José Manuel de Paúl Velasco, que preside el tribunal en el juicio con jurado por el conocido como crimen de la gasolinera contra Alberto H.B., exmilitar cubano, y José María Y.T., jefe del primero, por un delito de asesinato contra Manuel J.G., hechos que ocurrieron el 27 de noviembre de 2015 en una nave propiedad del segundo de los acusados en la urbanización 'Mataluna' de Carmona (Sevilla), ha decidido que no ha lugar a emitir veredicto en relación al delito de asesinato contra José María al no existir prueba de cargo contra él.

Así se ha pronunciado el magistrado presidente, en virtud del artículo 49 de la Ley del Jurado, después de la presentación de los informes finales por parte de la Fiscalía y de la acusación particular que ejerce la familia de la víctima, siendo esta última la única que solicitaba la condena de José María por un delito de asesinato y por otro de tenencia ilícita de armas, pues el Ministerio Público no presentaba cargos contra él.

Cabe recordar que según auto de la juez de Primera Instancia e Instrucción número tres de Carmona, todo sucedió entre las 12,00 y las 13,00 horas del 27 de noviembre en una finca de José María donde el exmilitar cubano trabajaba como guarda. Manuel había acudido a esta finca "en compañía de otras tres personas y para reclamarle el pago de una deuda dineraria cuyo origen se desconoce".

En un contexto en el que Manuel y José María se habían enzarzado en una discusión y uno de los acompañantes del primero portaba "una barra de hierro", la juez detalla que el exmilitar salió de una nave de la finca con una escopeta "que consta en la base de datos como sustraída" y, desde una distancia de entre uno y dos metros, disparó a Manuel en la región abdominal, realizando un segundo disparo en la zona lumbar.

Tras ello, los tres acompañantes de la víctima de los disparos huyeron con él a bordo del coche en el que habían llegado a la finca e intentaron trasladarlo a un hospital de Sevilla capital. No obstante, "ante el empeoramiento" de la víctima y el "denso" tráfico, alertaron a los servicios de urgencia y detuvieron el coche en una gasolinera enclavada frente al polígono Calonge de Sevilla.

Hasta allí llegaron agentes de la Policía Nacional y facultativos sanitarios, quienes finalmente certificaron la muerte de Manuel a las 16,01 horas. El exmilitar cubano huyo tras los hechos y fue detenido por la Policía Nacional varios días después.

De Paúl Velasco, en la sesión de este viernes, ha expuesto que, practicada la prueba y oído los informes de las acusaciones, no ha lugar a dictar veredicto contra José maría por su posible participación en la muerte de Manuel, sólo sostenida por la acusación particular en base a que ordenó a Alberto disparar contra la víctima, algo que no se ha confirmado en la actividad probatoria durante la vista oral.

"MERA SOSPECHAS"

El acusado o los tres testigos, quienes acompañaban a Manuel en su visita a la nave para reclamar a José María una deuda económica cuyo origen no ha quedado explicado, en sus declaraciones no señalan "acción u expresión" que evidencia orden. A falta de pruebas directas, puede acudirse a indicios, según ha explicado el magistrado, "no estamos ante indicios, sino meras sospechas o conjeturas" en lo que se refiere a la actuación de José María en la muerte de su "socio y amigo".

Los motivos de la deuda, según la acusación particular, está en un robo de hachís y el pago de la carga a unos marroquíes que "ahora son portugueses", según el magistrado, que ha indicado que los motivos pueden ser "valiosos" para una investigación policial, "pero no es un indicio".

De otro lado, ha expuesto que considerar que los "golpecitos en el hombro" que José María le dio a Manuel antes de que Alberto disparara como señal para que éste lo identificara es "una desaforada interpretación" por parte de la acusación particular.

El magistrado que "ninguno" de los elementos en los que se basa la acusación contra José María "no son indicios" y "en su totalidad, tampoco". "La suma de ceros es cero", ha añadido a este respecto.

Además, ha manifestado que "no parece razonable matar a alguien en su nave y después colaborar con la Policía para detener al autor material, a sabiendas de que pudiera decir éste que se lo había ordenado".

"EN AQUELLA NAVE PASO ALGO RARO"

"Todos sabemos que en aquella nave pasó algo raro, pero la justicia penal tiene que ser consciente de sus límites y conformarse con la verdad procesal, esto es, qué fue lo que pasó", ha afirmado el presidente magistrado, que ha continuado señalando que "sospechas" contra José María "puede haber", y es "legítimo y comprensible" que la familia esté "convencido" de ello, así como también algunos miembros del jurado popular, pero cuando se trata del poder del Estado para enjuiciar a alguien "no valen sospechas ni conjeturas, sino pruebas".

En este sentido, ha resaltado que la Ley "impone" al presidente del tribunal sustraer al jurado de esta decisión, garantizando la presunción de inocencia.

"He tomado una decisión difícil y comprometida. Si me equivoco, la acusación particular podría demostrarlo en su recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y se podrá ir contra José María", ha expresado José Manuel de Paúl.

Además, ha aclarado que la exclusión sólo afecta al delito de asesinato de José María, no al delito de tenencia ilícita de arma, del que sólo le acusa la familia de la víctima.

ALBERTO DA SU PÉSAME A LA FAMILIA

El único acusado, el exmilitar cubano, ha ejercido su derecho a la última palabra para pedir "perdón" a la familia de Manuel "por haber matado a un ser querido", señalando que durante este tiempo ha tratado de escribirles, aunque "se lo han prohibido".

En este momento, ha comenzado a relatar, "quebrantando su silencio", que trata de denunciar "la mafia más grande de Andalucía" que ha cometido "crímenes, robos, asaltos o blanqueo", añadiendo a este respecto que ha temido por la vida de José María, que tenía "una empresa legal y otra fantasma".

El exmilitar cubano ha concluido reiterando el "perdón" a la familia, dando el pésame por Manuel. "Que en paz descanse", ha expresado.

La Fiscalía pide 17 años de prisión por un delito de asesinato y diez meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas para Alberto H.B. y ha retirado la petición de indemnización para la viuda, a la que ella renunció en la sesión de este miércoles del juicio que se celebra en la Audiencia Provincial de Sevilla.

De su lado, la acusación particular reclama para el exmilitar, después de la exclusión de José María, 25 años de cárcel por un delito de asesinato y dos años de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas, modificando su petición indemnización, solicitando un total de 420.000 euros, en concreto 100.000 euros para cada una de las tres hijas de Manuel y 120.000 para los padres del fallecido.

En el caso de la defensa del exmilitar, que ha reconocido durante la vista oral haber disparados dos tiros "a quemarropa" a Manuel sin darle la posibilidad de esconderse ni defenderse, niega que se trate de un asesinato y alega que este hombre actuó "en defensa de su patrón y protector", disparando contra Manuel J.G. preso de un "arrebato", ante la supuesta amenaza que sufría la persona que le había "acogido" en España.

Por eso, demanda que la condena se reduzca a un delito de homicidio por el que propone diez años de cárcel, más seis meses de prisión por la tenencia ilícita de armas, al pesar a su juicio las atenuantes de "defensa de derechos propios o ajenos y arrebato". La defensa de José María Y.T., pide la absolución de su cliente porque "no hay prueba ni indicio" de que las escopetas fueran de él.

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