Una calle del sector F de Almensilla.
EUROPA PRESS
Publicado: martes, 23 enero 2018 18:49

SEVILLA, 23 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Sevilla ha estimado parcialmente el recurso promovido por la junta de compensación del Sector F de Almensilla, donde se investiga el desfalco de varios millones de euros en las cuentas de la entidad, contra la sentencia de 2015 que le condenaba a abonar 1,75 millones de euros a la constructora Istem S.L., por el contrato de obras firmado en 2011 entre ambas. Así, la Audiencia reduce en 543.580 euros el dinero a abonar a dicha empresa.

Recordemos que el sector F de Amensilla, marcado por el presunto desfalco de unos 3,7 millones de euros del dinero aprovisionado por los parcelistas para la urbanización del sector y la instalación de servicios básicos, afronta además otras muchas vicisitudes.

Una de ellas es una sentencia emitida en 2015 por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla, respecto a una demanda de "reconocimiento de deuda" promovida por Istem S.L. contra la junta de compensación, que en 2011 contrató a esta empresa para obras relacionadas con el proyecto de urbanización y dotación del entorno.

Istem S.L., en concreto, solicitaba a la junta de compensación aproximadamente 1,82 millones de euros por "las obras efectivamente ejecutadas y no pagadas" y costes adicionales asociados al lucro cesante o los gastos generales o indirectos afrontados por la compañía en el marco de dicho proyecto.

Dicha sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18, recogida por Europa Press, estimaba parcialmente la demanda de reconocimiento de deuda promovida por Istem S.L., declarando que la decisión de la empresa de instar la resolución del contrato de obras firmado en 2011 con la junta de compensación fue "conforme a derecho".

Y es que la citada instancia judicial declaraba "probados" los "incumplimientos" de la junta de compensación "en cuanto al ritmo de ejecución y definición de fases, como al impago de la última certificación de obra".

En consecuencia, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 18 condenaba a la junta de compensación del sector F a abonar más de 1,75 millones de euros a Istem S.L., por aspectos como las obras ejecutadas y no pagadas, los costes indirectos, los daños por gastos generales, el lucro cesante y las retenciones.

RECURSO DE APELACIÓN

No obstante, la junta de compensación recurrió dicha sentencia ante la Audiencia Provincial, defendiendo que "todas las certificaciones de obra emitidas por Istem y aprobadas por la dirección facultativa (del proyecto) fueron religiosamente abonadas", pero la segunda fase de la obra "no fue aprobada por la dirección facultativa".

"El incumplimiento contractual solamente es achacable a Istem, que abandonó por completo las obras sin culminar las unidades de obra, sin corregir los defectos de las unidades ejecutadas, resolviendo el contrato de manera injustificada", exponía la junta de compensación en su recurso. En consecuencia, la junta de compensación reclamaba revocar la sentencia inicial, desestimar la demanda de reconocimiento de deuda promovida por Istem y que fuese estimada la demanda reconvencional promovida por los parcelistas contra Istem, en demanda de más de 1,6 millones de euros por daños y perjuicios.

La sentencia de la Audiencia Provincial derivada del recurso de la junta de compensación, emitida a finales de julio de 2017 y recogida por Europa Press, estima sólo en un aspecto las pretensiones de la misma, revocando la sentencia inicial en lo que concierne al abono de 543.580 euros a Istem S.L. en concepto de daños por gastos generales.

Porque según la Audiencia Provincial, no ha quedado probado que la empresa "haya soportado esos gastos en relación con esa obra, no bastando simples estimaciones en abstracto a partir de la documentación contable de la compañía". La sentencia de la Audiencia, así, revoca el abono de los citados 543.580 euros a Istem, confirma el resto de aspectos de la resolución impugnada y desestima el recurso que también había promovido la propia empresa contra la sentencia inicial.

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