Una calle del Sector F.
EUROPA PRESS
Actualizado: miércoles, 21 junio 2017 12:02

SEVILLA, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

El Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla ha estimado el recurso de revisión promovido por la junta de compensación del Sector F de Almensilla, contra el decreto emitido por dicha instancia judicial para el embargo de fincas de dicho entorno, a cuenta de la ejecución provisional de la sentencia que condena a la junta de compensación a abogar casi 2,3 millones de euros a la constructora Istem S.L.

A través de un auto emitido el pasado 14 de junio y recogido por Europa Press, el Juzgado de Primera Instancia número 18 aborda el recurso directo de revisión de la junta de compensación, contra el decreto emitido el pasado 24 de febrero para el embargo preventivo de las "fincas registrales" del Sector F, marcado como es sabido por el presunto desfalco de unos 3,7 millones de euros, del dinero aportado por los parcelistas para la urbanización del sector y la instalación de alumbrado público o redes de suministro.

El mencionado decreto de embargo, recordémoslo, deriva de una sentencia emitida el 24 de febrero de 2015 por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Sevilla, respecto a una demanda de "reconocimiento de deuda" promovida por la constructora Istem S.L. contra la junta de compensación del sector F, que entre 2012 y 2013 contrató a la mencionada empresa para obras relacionadas con el proyecto de urbanización del entorno.

Dicha sentencia, según la documentación recogida por Europa Press, condena a la junta de compensación a abonar las cuantías demandadas por Istem S.L., fijadas en casi 2,3 millones de euros. Precisamente merced a dicha sentencia, Istem S.L. solicitó "el embargo de las fincas "incluidas en la junta de compensación", a fin de ejecutar la resolución judicial.

En ese sentido, el nuevo auto del Juzgado de Primera Instancia número 18 expone que la junta de compensación, en su recurso de revisión al decreto de embargo de las fincas del Sector F, alegaba que "las parcelas pertenecen a personas que no fueron demandadas ni condenadas", en referencia a los propietarios, pues la demanda de Istem S.L. se dirigía contra la junta de compensación y no contra los dueños de las fincas como tal.

Istem, de su lado, defendía que no le era "imputable la falta de conocimiento de los propietarios de las fincas" del procedimiento de ejecución provisional de la sentencia. Igualmente, Istem argumentaba que "no se trata de patrimonios separados, sino que el cumplimiento de las obligaciones compete igualmente a los miembros de la junta de compensación".

SIN "MENCIÓN" A LOS PROPIETARIOS

El juzgado, finalmente, ha resuelto que "el auto que acordó el despacho de ejecución provisional de la sentencia no contiene previsión alguna relativa a los propietarios de las fincas embargadas, ni teniéndolos como demandados ni realizando mención alguna relativa a que las fincas quedaran afectas al cumplimiento de las obligaciones por las que se ha despachado ejecución, no habiendo actuación alguna dirigida contra los propietarios, ni siquiera de notificación de la resolución" condenatoria de la junta de compensación.

"Aunque se pudiera admitir la responsabilidad de los propietarios de los miembros de la junta de compensación demandada en las obligaciones contraídas por ella, no habiéndose despachado ejecución contra dichos propietarios ni habiéndose actuado de ningún modo a los efectos de conocimiento del procedimiento, entendemos que no puede aceptarse el embargo", razona el nuevo auto.

Y como además "los propietarios no han podido oponerse ni a la ejecución ni a los embargos, procede dejar sin efecto el embargo acordado".

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