El alcalde de Mallén condenado a siete años de inhabilitación para ejercer cargos públicos

El alcalde de Mallén, Antonio Asín, junto al resto de acusados en la vista oral
Europa Press
Actualizado: lunes, 10 febrero 2014 13:50

Por la Audiencia Provincial, como autor de un delito de prevaricación administrativa

ZARAGOZA, 10 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha condenado a Antonio Asín como autor de un delito de prevaricación administrativa, a la pena de siete años de inhabilitación especial para los cargos públicos de alcalde de la localidad de Mallén y diputado de la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ), que ostenta en la actualidad.

Ha quedado absuelto de los restantes delitos que se le imputaban, al igual que los demás acusados por no ser sus conductas delictivas. Deberá abandonar sus cargos cuando la sentencia sea firme, quedando además incapacitado para otros análogos durante el plazo de siete años.

Antonio Asín es alcalde de Mallén desde hace 17 años y formaba parte del Partido Socialista, que lo expulsó de sus filas en octubre de 2012 por su imputación en este caso. También fue expulsado del grupo provincial Socialista en la DPZ, si bien Asín ha mantenido su cargo como diputado provincial.

El alcalde de Mallén y otras nueve personas, entre ellas dos concejales, un funcionario y varios empresarios, se sentaron en el banquillo el pasado mes de octubre por presuntas irregularidades relacionadas con la sociedad municipal urbanística municipal.

La sentencia ha contado con un voto particular, el del magistrado Alfonso Ballestín, quien ha discrepado de la decisión adoptada al entender "por el contrario que el acusado debió ser absuelto porque tales hechos no son legalmente constitutivos de delito alguno y, por consiguiente, que tampoco lo son del delito de prevaricación administrativa del artículo 404 del vigente Código Penal. Por todo lo cual, en mi opinión, procede la libre absolución del citado acusado".

El alcalde se sentó en el banquillo por un delito continuado de falsificación de documentos mercantiles, un delito de cohecho, otro de fraude, y como coautor de un delito de falsificación de documento mercantil, y de todos ellos ha sido absuelto.En relación a los otros nueve acusados, la sala ha acordado la libre absolución.

El fiscal y la acusación popular, ejercida por los concejales del grupo del PP en el Ayuntamiento de Mallén achacaban respectivamente a Antonio Asín de un delito continuado de prevaricación administrativa y dos delitos de prevaricación administrativa.

El delito de prevaricación se le atribuía por su actuación como presidente del Consejo de Administración de la Sociedad Urbanística Municipal de Mallén S.A., al adoptar la decisión, junto José Antonio Gil y Fernando Escusol, vocales de la citada sociedad y concejales del Ayuntamiento de Mallén, de vender dos parcelas a los representantes de la sociedad mercantil Agrovalle S.A., los también acusados Herbert Kolling, y José Luis Pérez Lizar, por un precio simbólico de 30.000 euros más IVA. Dichas parcelas habían sido cedidas gratuitamente a la sociedad municipal, por el Consistorio.

En la sentencia se ha considerado que esa venta directa por precio simbólico no constituye el delito de prevaricación administrativa que las acusaciones atribuyen al alcalde. La citada sociedad "no es Administración pública sino una sociedad mercantil que se rige por el derecho mercantil y actúa en régimen de empresa privada", es decir que la Sociedad Urbanística Municipal de Mallén , es sociedad de capital público perteneciente en exclusiva al Ayuntamiento.

CREACIÓN DE EMPLEO

Además "decidieron esa venta" a Agrovalle por la necesidad de crear empleo en Mallén y evitar la lenta y paulatina emigración de su población a otras ciudades próximas como Tarazona, Borja o Tudela (Navarra). En definitiva, Agrovalle presentaba una oferta muy atractiva de creación de 227 empleos directos constituyendo y creando una fábrica de limpieza, cortado y envasado de frutas y verduras de IV gama. Ninguna otra empresa había presentado hasta ese momento una oferta tan tentadora como la que ofrecían las dos personas que la representaban".

El tribunal si estima parcialmente la segunda acusación de prevaricación contra Antonio Asín, referida a la orden de pago de dos facturas dada por el alcalde, pagos "que el acusado ordenó hacer "a costa" del presupuesto municipal, mediante dos Decretos de Alcaldía, sabiendo como sabía que no existía ningún expediente de contratación para el librador de esas facturas, Sergio Juan Castro, otro de los acusados, ni se le había adjudicado contrato alguno para esos "supuestos" trabajos que había realizado, ni existía consignación presupuestaria. Y ello a pesar de los dos avisos de flagrante ilegalidad hechos por el secretario del Ayuntamiento.

En el caso de Ana Carmen Pérez juzgado por un delito continuado de falsedad en documento mercantil, la sala ha estimado que no pueden serle atribuidos con total seguridad tales delitos, "ya que era y es la proveedora del material de oficina del Ayuntamiento de Mallén, desde hace más de veinte años, concretamente desde que ella y su marido, Pedro Jesús Rueda, también acusado, abrieron ese establecimiento".

Han desestimado también los magistrados las acusaciones realizadas contra Alejandro Ahedo, representante legal de la empresa Tecnozoo España, por un delito de falsificación de documento mercantil. Con respecto al acusado José Antonio Fernández, empleado de banca, asimismo ha sido absuelto de un delito de falsificación de documento.

Leer más acerca de: