Ascensor fotovoltaico de Zardoya Otis
ZARDOYA OTIS
Actualizado: sábado, 29 abril 2017 10:53

OVIEDO, 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) publica este sábado los servicios mínimos obligatorios para la empresa Zardoya Otis en Asturias, con motivo de la huelga iniciada por los trabajadores este jueves. Los paros se prolongarán hasta el 16 de mayo.

La resolución, consultada por Europa Press, explica que el pasado 17 de abril los sindicatos integrantes de la parte social de la mesa negociadora del XVIII convenio colectivo de la empresa Zardoya Otis, convocaron huelga continuada de ámbito estatal en la citada empresa desde el día 27 de abril de 2017 hasta el 16 de mayo de 2017, quedando afectados todos los centros de trabajo de la misma.

Zardoya Otis se dedica a la fabricación, instalación, mantenimiento preventivo y correctivo de aparatos elevadores y escaleras mecánicas y atención de avisos de ascensores parados y emergencias en el Principado de Asturias; la mercantil cuenta con 52 empleados y 3.486 aparatos elevadores que se verían afectados por el desarrollo de la huelga.

La Consejería de Empleo Industria y Turismo entiende que la falta de prestación del servicio de mantenimiento de aparatos elevadores y la desatención de posibles averías en los mismos "podría ser causa de graves perjuicios para la vida, la integridad y la salud de las personas usuarias".

Por este motivo, se considera necesario disponer de un "contingente suficiente de trabajadores" que permita solucionar las eventuales emergencias y los rescates de personas derivados de las averías que se produzcan en los ascensores durante los días en que está convocada la huelga.

Por todo lo expuesto, esta actividad ha sido considerada como servicio esencial de la comunidad, por lo que su prestación "debe garantizarse ante el ejercicio legítimo del derecho a la huelga".

Así las cosas, la empresa realizará, durante el período de huelga previsto desde las 00.00 horas del día 27 de abril de 2017 hasta las 24.00 horas del 16 de mayo de 2017, servicios mínimos en cada uno de los centros de trabajo que incluyen la prestación del servicio previsto habitualmente para un domingo o día festivo.

Asimismo deberá existir un técnico en cada oficina de servicio hasta un máximo de tres según el siguiente ratio: por cada 1.000 unidades en mantenimiento, un técnico, entre 1.000 y 2.000 unidades, dos técnicos y más de 2.000 unidades, tres técnicos. La atención al servicio deberá realizarse durante las 24 horas.

"La designación de los trabajadores que desarrollen estas labores se realizará por la compañía, debiendo asimismo considerarse como servicio mínimo el servicio de atención de llamadas 24 horas así como el de la asignación de los operarios disponibles para prestar los servicios mencionados", señala el texto.

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