La madre que le rompió las tibias a su hijo acepta 1 año y 9 meses de prisión

Actualizado: jueves, 2 octubre 2014 12:35
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OVIEDO, 2 Oct. (EUROPA PRESS) -

   La mujer acusada de lesionar a su hijo de 16 meses en Oviedo ha reconocido este jueves su culpabilidad y ha aceptado una condena de un año, nueve meses y un día de prisión, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante ese mismo periodo de tiempo y alejamiento del menor durante 2 años, 9 meses y un día.

   La vista oral estaba prevista para este jueves en el Juzgado de lo Penal número cuatro de Oviedo aunque, tras el acuerdo alcanzado entre las partes, no llegó a desarrollarse, según ha informado la Fiscalía.

   La acusada, en la tarde noche del 6 de junio de 2013, en el domicilio familiar que comparte con su padre en Oviedo, golpeó a su hijo, de un año y cuatro meses de edad, y/o le torció los miembros inferiores, ocasionándole fractura epifisiólisis grado II proximal de la tibia derecha y fractura espirodea de la tibia izquierda. El menor tardó en curar 60 días, 10 de los cuales permaneció hospitalizado. No le han quedado secuelas por el momento, aunque existe riesgo de afectación futura en el crecimiento de una de sus tibias.

   En la exploración que se practicó al niño el 9 de junio de 2013 en el servicio de Maternidad del HUCA, se le apreciaron hematomas en ambos cartílagos de los pabellones auriculares, uno de reducidas dimensiones y otro en fase de cicatrización, así como en la cara, que podrían obedecer a impresiones digitales. El médico forense observó asimismo dos equimosis en el hombro derecho y otra en la espalda, más antiguas que las de la cara, todas ellas de naturaleza traumática, sin que esté acreditado quién fue el autor de las mismas, ni la forma y circunstancias en que se produjeron.

   El 13 de junio de 2013, el Juzgado de Instrucción número tres de Oviedo dictó un auto por el que se prohibió a la acusada aproximarse a su hijo, su domicilio, o cualquiera en el que se encuentre a menos de 500 metros, así como comunicarse con él por cualquier medio o procedimiento. Se acordó igualmente la suspensión cautelar de la guarda y custodia del menor, otorgándose la misma cautelarmente a los servicios sociales de la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Principado de Asturias. El menor se encuentra acogido por una familia del Programa de Acogimiento de Familias Canguro de Cruz Roja Española.

   Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito de lesiones del  artículo 147.1 del Código Penal, con la agravante de parentesco. Así, la mujer aceptó una condena de 1 años, 9 meses y un día de prisión, inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad durante ese mismo espacio de tiempo y prohibición de aproximarse a su hijo a una distancia inferior a 500 metros y de comunicar con él por cualquier medio durante 2 años, 9 meses y un día.

   Por vía de responsabilidad civil la acusada indemnizará al menor con 3.460 euros por las lesiones, más los intereses legales, y al SESPA en la cantidad que acredite en ejecución de sentencia por la atención prestada al niño.

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