Trib.- Absueltos 'los 9 de Jovellanos' por "irregularidades" en su identificación por parte de la Policía

8 De 'Los 9 De Jovellanos' A La Entrada Del Tribunal
EUROPA PRESS

OVIEDO, 24 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha absuelto 'a los 9 de Jovellanos' de los delitos de atentado a la autoridad y lesiones a agentes de la Policía Nacional durante unas protestas contra la actuación de un grupo israelí en el Teatro Jovellanos de Gijón el 24 de julio de 2014.

La sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado José Ignacio Pérez Villamil, explica que la absolución "se debe a la existencia de dudas razonables sobre su participación delictiva en los hechos". Los hechos fueron juzgados este mes de octubre y los nueve acusados enfrentaban diversas penas por un delito de atentado y otro de lesiones padecidas por "cinco de los agentes de la Policía Nacional" que intervinieron en un altercado que se produjo el día de la protesta.

El texto del Tribunal recoge que no puede sostenerse como prueba de cargo "el peculiar e irregular reconocimiento fotográfico" con el que los agentes de Policía identificaron a los 9 acusados. Esta prueba esgrimida por la Fiscalía y las acusaciones particulares "no se practicó con las garantías necesarias", señala la sentencia.

Según el magistrado, esta identificación realizada en sede policial a través de "reconocimientos fotográficos" genera "serias dudas sobre el cuándo (fecha del reconocimiento); el cómo se hizo (por separado o juntos); los criterios utilizados en la selección de las fotografías y quién hizo la selección".

Entre los nueve acusados se encontraba el diputado de Podemos en la Junta General, Enrique López, que se enfrentaba a una petición d e prisión de dos años por parte de la Fiscalía. Asimismo, el exresponsable de IU Gijón, Jesús Montes Estrada 'Churruca, también se enfrentaba a la misma petición de prisión.

A pesar de la absolución de los nueve acusados, la sentencia recoge que el derecho de manifestación "no puede amparar las situaciones de violencia física" que se dieron el día 24 de julio a las puertas del Jovellanos. Asimismo, el texto señala que los insultos que "un buen número de manifestantes" profirieron ese día contra el público que accedía al teatro "tampoco resultan compatibles con el ejercicio de la libertad de expresión".

La sentencia también considera que quedan acreditados "los insultos graves" contra los agentes de Policía que acudieron a "normalizar la situación" ante el teatro gijonés" tras los incidentes violentos enjuiciados. La Sala ha puesto de relieve "el ejemplar y profesional comportamiento de estos agentes que soportaron estoicamente dichos improperios sin utilizar la fuerza y garantizando los derechos de todos".