Actualizado: jueves, 6 julio 2017 12:27

   Tras el archivo de esta demanda presentada por el exedil de Laredo Ramón Arenas, aún queda pendiente otra la que pide la nulidad del Congreso

   SANTANDER, 6 Jul. (EUROPA PRESS) -

   La Audiencia de Cantabria ha confirmado el archivo de la denuncia del exconcejal del PP de Laredo Ramón Arenas por supuestos pagos irregulares en cuotas de unos 500 afiliados para permitir que participaran en las 'primarias' dentro del proceso congresual del partido a nivel regional, una decisión judicial que, según el vicesecretario de Estrategia y Acción Política del partido y diputado nacional, Diego Movellán, va en la línea de ratificar que "no ha habido nada ilegal".

   A preguntas de los medios de comunicación, Movellán ha destacado que, hasta el momento, "todos los pronunciamientos" están yendo por el "mismo camino": el de "ratificar la legalidad" del proceso congresual celebrado en marzo y que todo se hizo "de acuerdo con los estatutos" y no hubo esas "irregularidades" que denuncian los afines a Ignacio Diego, que perdió en el Congreso la Presidencia del PP cántabro ante la que era su número 2, María José Sáenz de Buruaga.

   Movellán, que forma parte del equipo nombrado por Sáenz de Buruaga tras su proclamación como presidenta del PP cántabro, ha reconocido que aún hay pendiente una demanda judicial --la que lleva el Juzgado de Primera Instancia Número 3 de Santander y en la que se pide la nulidad del Congreso regional del partido por supuestas "irregularidades"-- pero ha subrayado que ese supuesto pago ilegal de cuotas constituye, a su juicio, el "argumento fundamental de quienes se niegan a aceptar el resultado" del proceso congresual.

   Por ello, Movellán considera que la decisión de la Audiencia de archivar la demanda del exedil del PP de Laredo es "fundamental para ratificar que las cosas se han hecho bien", que "no ha habido nada ilegal" y el "proceso ha sido en todo momento transparente".

LA DEMANDA PENDIENTE

   Este pago de cuotas es, junto a otras, una de las "irregularidades" que se señalan en la demanda pendiente, en la que también se denuncia, entre otras presuntas "irregularidades", la no inclusión de algunos compromisarios natos o supuestas irregularidades sobre las papeletas, además de la consignación a mano por parte de algunos miembros de las mesas de nombres de personas en calidad de compromsiarios que, según se señala, no venían previamente incluidos en las listas.

   Esa demanda fue admitida a trámite y ahora el juez ha convocado a las partes a una aundiencia previa el 26 de julio para plantear pruebas.

LA DEMANDA QUE AHORA SE ARCHIVA

   Respecto a la denuncia del exconcejal de Laredo Ramón Arenas, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 2 de Laredo la archivó el pasado marzo al considerar que no resultaba debidamente justificada la perpetración del delito, pero el demandante presentó un recurso contra esta decisición, que es el que ahora desestima la Sección Primera de la Audiencia Provincial.

   En dicha demanda, Arenas aseguraba haberse enterado que se habían pagado a través de transferencias bancarias por internet las cuotas de unos 500 agiliados para que pudieses votar en las primarias del PP cántabro del 8 de marzo, en las que se impuso Diego por 154 votos a Sáenz de Buruaga, que finalmente logró imponerse en el Congreso del día 25.

   Relataba que para ello se había suplantado la identidad de una persona con una "importante discapacidad intelectual" a nombre de la cual se había ordenado el pago.

   En la misma línea que hizo el juzgado de Laredo, la Sección Primera de la Audiencia considera que "tampoco se aprecian elementos para imputar una posible usurpación del estado civil, en tanto que ni aparecen indicios de que alguien haya suplantado la personalidad de aquel ni de que lo haya hecho con los requisitos de permanencia que exige dicha conducta para poder ser sancionada".

   Tampoco aprecia elementos para imputar un posible blanqueo de capitales ya que "se desconoce absolutamente la forma en que se hayan obtenido los fondos que se dicen abonados", algo que --dice la Audiencia-- "no es indicio suficiente para imputar un delito".

   La Sala cree que tampoco se puede imputar un delito de falsedad documental cuando "no consta que se hayan alterado documentos" ni falsedad ideológica u otro delito.

   El auto de la Audiencia, de 13 de junio de 2017, decretando el archivo de la causa no admite recurso.

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