Actualizado: martes, 20 febrero 2018 17:11

El fiscal solicitó 11 años de cárcel por unos hechos por los que también está imputado otro tío de la niña

SANTANDER, 20 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha absuelto al hombre acusado de abusar sexualmente de su sobrina desde que ésta tenía 10 hasta los 16, hechos por los que el fiscal solicitó 11 años de cárcel.

En el juicio, celebrado el pasado 24 de enero, solo ejerció la acusación el Ministerio fiscal y no hubo acusación particular. El encausado negó durante su declaración los hechos, por los que también está imputado otro tío de la niña contra el que la madre sí ejercerá la acusación particular solicitando una pena de más de 14 años.

La Sección Primera de la Audiencia ve "grietas" en el testimonio de la menor y un relato incriminatorio "débil". La sentencia señala que ella misma "ha venido a establecer -sin aclarar plenamente- una confusión que supondría una especie de diferenciación entre un abusador al que quería incriminar (un ex-tío político denunciado inicialmente y por cuya actuación se sigue otra causa) y otro abusador al que no querría incriminar (el aquí juzgado)".

La sentencia, fechada el 9 de febrero y consultada por Europa Press, recoge que la menor comenzó su declaración ante el juez instructor declarando "espontáneamente" 'me confundí de persona', "confusión ciertamente imposible de creer -dice la Sala- cuando se hace referencia a dos personas tan cercanas y a multitud de actos que se imputan al aquí acusado pero que supone una expresión que resta consistencia a su relato, o cuando menos, introduce dudas en la solidez del mismo".

La Audiencia añade que no se aprecia ningún motivo espurio en la denuncia, ya que tanto de la conducta de la menor durante el proceso como de su propio relato "se excluye cualquier tipo de animadversación por el aquí acusado, a quien venía a considerar como un padre".

Respecto a las "grietas" en su testimonio, la sentencia señala que el relato "es pobre, sin la aportación de unos mínimos detalles acerca de los hechos"; "no se expone con claridad el contexto en que se produjeron"; la coherencia de las declaraciones "no es plena" y "no hay tampoco una suficiente precisión temporal".

Así, señala que "no se considera creíble un acto de abuso cometido ante la posible presencia de otros dos niños" -el hijo del acusado y el hermano de la niña, un año menor que ella-, que según declaró estaban en la vivienda pero no se percataban de lo sucedido.

La sentencia añade que ante el equipo psicosocial, la menor "declaró que el acusado en ocasiones se ponía preservativo, en otras no; en instrucción 'no me acuerdo muy bien' si utilizaba preservativo o no; y en el juicio que actuaba sin preservativo".

La Sala puntualiza que se trata del testimonio de una menor de más de 17 años, es decir, muy próxima a la mayoría de edad, en quien cabe suponer un recuerdo más o menos preciso y una capacidad de expresión suficiente para aportar elementos concretos que, por más que su recuerdo pudiese resultar doloroso, contribuyesen a dotar de verosimilitud a un relato que se limitó a expresar la realidad de haber sufrido los abusos enjuiciados".

La Fiscalía solicitó al ahora absuelto 11 años de cárcel por abuxo sexual continuado a una menor; alejamiento y prohibición de comunicación durante 12 años; libertad vigilada durante ocho años tras quedar en libertad; inhabilitación durante 15 años para cualquier trabajo que conlleve contacto con menores de edad; y una indemnización de 10.000 euros por el daño moral causado a la menor.

El Ministerio Público situó los hechos entre los años 2007 y 2013, cuando la menor se trasladó a vivir con su madre a casa del acusado en Santander.

Al contrario de lo que sostiene el fiscal en su escrito de acusación, la Sala considera que no se ha acreditado que desde que la menor cumplió los 10 años, con la "excusa de darle masajes", realizase "diversos tocamientos por su cuerpo y en especial sus genitales", y tampoco se ha acreditado que mantuviera con la niña "relaciones sexuales completas con penetración vaginal".

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