Actualizado: martes, 17 octubre 2017 9:28

SANTANDER, 17 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Ayuntamiento de Santander revisará de oficio los recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) afectados por la resolución del Tribunal Económico-Administrativo sobre la revisión de valores catastrales de 2016 y aplicará los nuevos valores que la Dirección Regional del Catastro está empezando a comunicar en este momento a los afectados.

La concejala de Economía y Hacienda, Ana González Pescador, ha refrendado el compromiso de la administración municipal con la revisión de esos recibos, como ya se anunció tras conocerse el fallo del tribunal, una medida que se pondrá en marcha tan pronto como el Catastro traslade al Consistorio los valores definitivos que debe aplicar, ha informado la Administración local en un comunicado.

En este sentido, González Pescador ha explicado que en este momento la Dirección General del Catastro está notificando ya los nuevos valores catastrales a algunos de los afectados por los cambios, pero aún quedan algunos expedientes por revisar.

Cuando finalice ese proceso, el Catastro remitirá al Ayuntamiento la relación de parcelas afectadas por los cambios y las nuevas valoraciones catastrales que serán de aplicación para el año 2016 y, en algunos casos, también para 2015.

En ese momento, el Ayuntamiento iniciará de oficio la revisión de los recibos y actualizará las cuotas resultantes, procediendo en su caso a las devoluciones que pudieran derivarse, tal como ha precisado la edil.

Por eso, ha trasladado un mensaje de tranquilidad a los vecinos afectados y ha insistido en que el Consistorio facilitará todos los trámites y agilizará el procedimiento en cuanto reciba la comunicación del Catastro.

La concejala ha recordado que el recibo del IBI se calcula tomando como referencia los valores catastrales y el órgano competente para fijar y comunicar esos valores al Ayuntamiento es la Dirección Regional del Catastro.

En este sentido, ha hecho hincapié en que el Ayuntamiento ha aplicado en todo momento los valores vigentes determinados por el Catastro y en que las liquidaciones del IBI practicadas han sido correctas.

Según dice, el propio fallo del Tribunal Económico-Administrativo reconoce que las valoraciones catastrales en las que se basaron las liquidaciones del IBI eran correctas y acordes a la legalidad vigente, y señala que que fue una circunstancia sobrevenida -como fue la anulación del PGOU por una causa ajena al Consistorio- la que motiva su revisión.

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