Tribunales

El Ayuntamiento de Santander recurre la sentencia que declaró improcedente el despido de Fernando Diestro

SANTANDER, 7 Feb. (EUROPA PRESS) -

   El Ayuntamiento de Santander ha recurrido la sentencia del Juzgado de lo Social número 6 de Santander que declaró improcedente el despido de Fernando Diestro, exdirector de instalaciones del Instituto Municipal de Deportes, poco antes de su jubilación.

   Fue un despido que el exconsejero de Cultura, Turismo y Deporte, el regionalista Francisco Javier López Marcano, criticó por su "sectarismo" al producirse después de que diestro, como presidente de la Federación Cántabra de Bolos, le entregara la Medalla de Oro al Mérito Bolístico, extremo este que negó el Ayuntamiento.

   En la sentencia, recogida por Europa Press, se recordaba que Diestro ejercía esas funciones desde 1992, hasta el pasado 14 de septiembre de 2011, cuando se le comunicó que se contrato finalizaba al día siguiente.

   Diestro se dedicaba a la dirección y coordinación de las distintas organizaciones deportivas promovidas y dependientes del Ayuntamiento de Santander, así como el asesoramiento técnico en materia de deportes, entre otras funciones recogidas en su contrato, además de otras tareas que se le fueron encomendando.

   Era funcionario eventual y ejerció de director de las instalaciones primero como personal de confianza de la Corporación, y luego, ya en 1999, tras superar el concurso que se convocó para la contratación de este puesto, con un contrato de alta dirección que se iba prorrogando.

   La penúltima prórroga se aprobó en julio de 2011, y en principio se extendía hasta 2015, pero el Ayuntamiento, a través de la Junta Rectora del IMD, adelantó su finalización al 15 de septiembre de 2011.

   Diestro recurrió esa decisión, entendiendo que ambas partes habían establecido una relación laboral indefinida, que confirmó la sentencia.

   Según explica el fallo, cuando se rescinde un contrato de alta dirección, --el que tenía Diestro--, el directivo tiene derecho a determinadas indemnizaciones, pese a que el Ayuntamiento alegaba que Diestro tuviera con ellos una relación laboral de alta dirección.

   El fallo da por probada la relación laboral, que, a partir del año 1999, ya fue indefinida, de modo que el despido fue improcedente, y el Ayuntamiento debía readmitirle o indemnizarle con 138.458 euros.

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