Condenan al Santander a devolver 100.000 euros de preferentes a un cliente

Actualizado: miércoles, 29 abril 2015 17:17

SANTANDER, 29 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia de Cantabria ha condenado al Banco Santander a devolver a un cliente 100.000 euros de participaciones preferentes de Unión Fenosa, de dos títulos de 50.000 euros cada uno, y que el hombre había heredado en vida de su hermana, gravemente enferma.

Según la sentencia, de la sección cuarta de la Audiencia Provincial y que confirma una previa del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Santander (el denominado 'juzgado de las preferentes'), con anterioridad a 2008 la mujer adquirió las citadas participaciones en una sucursal Astillero, operación en la que "puede presumirse" que el banco actuó como asesor, además de intermediario de Unión Fenosa.

Como la titular del producto financiero estaba enferma de gravedad realizó testamento en el que reconocía a su hermano como heredero, para que todos sus bienes pasaran en vida a él. Así, en julio de 2008 el hombre se personó en la oficina bancaria y valiéndose de un poder de su hermana puso en venta los dos títulos de participaciones preferentes.

Con el producto a la venta, el demandante y su esposa adquirieron los títulos de Unión Fenosa, sin que se sepa si el banco actuó como asesor o se limitó a dar forma a la voluntad de la dueña de los títulos y los puso a nombre de su hermano.

En cualquier caso, señala la sentencia, el Santander actuó como intermediario de Unión Fenosa y no consta que la entidad informara a los clientes de la verdadera naturaleza del producto y de los riesgos que comportaba la operación financiera. De hecho, el test de conveniencia del producto resultó negativo para los clientes.

Pero la "diligencia y buena fe" del banco, aunque actuara como simple comercializador e intermediario, no se agota, según la Audiencia, con la realización del citado test, sino que el Santander debía haber dado a los clientes "cumplida información" de las características y riesgos de las preferentes, extremos que los demandantes "desconocían".

En base a lo anterior, la Audiencia rechaza todos los motivos planteados por el Santander en su recurso, que desestima íntegramente, confirmando la sentencia de primera instancia y obligando a la entidad a devolver los 100.000 euros en participaciones preferentes.

El fallo no es firme, y cabe interponer contra él recurso de casación y extraordinario por infracción procesal en el plazo de veinte días.

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