Dos años para el conductor del todoterreno que atropelló mortalmente a un ciclista y se dio a la fuga

Actualizado: jueves, 5 junio 2014 11:34

SANTANDER, 5 Jun. (EUROPA PRESS) -

La Audiencia Provincial ha condenado a dos años de prisión y al pago de 89.247 euros al conductor del todoterreno que atropelló mortalmente a un ciclista en Cabuérniga y se dio a la fuga, hechos que sucedieron hace casi cuatro años.

De este modo, la Sección 1 de la Audiencia confirma la sentencia del Juzgado de lo Penal y rechaza los recursos de apelación tanto del conductor, condenado como responsable de un delito de omisión del deber de socorro y de una falta de homicidio por imprudencia leve --de la que pedía su absolución--, como de los familiares del ciclista fallecido, natural de Cardeñosa (Ávila) y que cuando sucedieron los hechos, en 2010, tenía 20 años.

Sin embargo, sí estima parcialmente los recursos de los dos acompañantes del conductor, también responsables de un delito de omisión del deber de socorro y que pedían su absolución, pero solo en cuanto al reparto de las costas procesales, que se les reducen porque solo son responsables de un delito y no de un delito y una falta como el conductor.

Los hechos se produjeron el 24 de julio de 2010, cuando se celebró la carrera ciclista 'XXX Trofeo Santiago 2010' en el Valle de Cabuerniga. El joven quedó descalificado pero continuo circulando fuera de la competición. Sobre las 19.00 horas, cuando iba cuesta abajo por la carretera CA-182 en dirección al Valle de Cabuerniga, al tomar una curva muy cerrada por su carril derecho pero muy pegado al eje central de la calzada, se cruzó con un todoterreno que conducía su propietario y que tenía dos pasajeros, todos ellos asturianos, que circulaba en sentido contrario al del ciclista, también muy pegado a la línea divisoria de la calzada.

En el tramo de curva donde se cruzaron existía una obstrucción visual permanente que afectaba a ambos conductores, creada por la configuración del terreno, la arboleda abundante y el trazado curvo. La visibilidad mejoraba a medida que se desarrollaba la curva hacia la derecha.

En esta situación, el ciclista perdió el control de la bicicleta, por causas que se desconocen aunque lo más probable es que accionara el freno, y se precipitó hacia adelante y hacia la izquierda, saliendo la bicicleta despedida hacia la derecha. El joven impactó contra el lateral delantero izquierdo del vehículo, que no realizó ninguna maniobra evasiva y continuó su marcha. De hecho, la parte trasera izquierda invadió parte del carril por el que circulaba el ciclista y la rueda pasó por encima del torso del joven, que se encontraba tendido en el mismo.

Los tres acusados, "sin ni tan siquiera apearse del vehículo, ni acercarse para comprobar la entidad de las lesiones que presentaba el ciclista atropellado, que se encontraba aún con vida tendido sobre la calzada", abandonaron el lugar pese a la llegada de otro ciclista que les hizo señas para que pararan.

Llegaron otros dos vehículos y avisaron a los servicios sanitarios, que le realizaron maniobras de reanimación cardiopulmonar y certificaron su fallecimiento, a las 19.45 horas, por un politraumatismo con traumatismo craneoencefálico y traumatismo torácico.

Por el delito de omisión del deber de socorro, el Juzgado de lo Penal condenó al conductor a dos años de prisión, y a sus acompañantes, a una multa de 2.100 euros cada uno. Además, el conductor fue condenado a una multa de 600 euros por la falta de homicidio por imprudencia leve.

Asimismo, en concepto de responsabilidad civil, condenó al conductor y su compañía de seguros a indemnizar a los padres del fallecido con la suma de 85.244 euros, y a pagar 3.403 euros por los gastos del sepelio, que ascendieron a 4.253 euros, y el 80% del coste de la bicicleta, al considerar el juez que el ciclista era responsable del 20% del suceso.

En relación al delito de omisión del deber de socorro, han recurrido los tres implicados. El conductor pedía que se condenara en grado de tentativa y se le rebajara la pena en dos grados, y los acompañantes, su absolución. Recursos que los magistrados de la Audiencia desestiman en su totalidad aduciendo que el ciclista atropellado se encontraba "desamparado" tras el suceso y ellos, en lugar de auxiliarle, abandonaron el lugar.

El conductor también recurrió su condena como autor de una falta de homicidio por imprudencia leve y pidió ser absuelto, afirmando que el accidente ocurrió porque el ciclista cayó al suelo y "materialmente se metió debajo del todoterreno" y él "nada pudo hacer".

Por su parte, los padres del fallecido también recurrieron la sentencia, adhiriéndose al recurso los dos hermanos del joven, pidiendo la condena del conductor como autor de un delito de homicidio por imprudencia en concurso con otro de conducción temeraria. En la responsabilidad civil, solicitaban el 100% de la indemnización reclamada.

Frente a ello, la Audiencia esgrime que "la invasión del carril contrario, aunque leve, es una factor causal relevante del siniestro, revistiendo mayor entidad la negligencia del conductor del turismo, que en mayor medida influyó a la producción del accidente, que la conducta del ciclista de circular pegado a la línea continua pero sin invadir el carril contrario, a la que la juzgadora le atribuyó un 20% de responsabilidad con la consiguiente rebaja de las indemnizaciones a las que, en otro caso, hubieran tenido derecho los perjudicados, lo que no se revela erróneo sino fruto, exclusivamente de la función de juzgar".

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