Se habilitan cinco EDAR para depositar los vertidos de fosas sépticas

El consejero en la EDAR
GOBIERNO

Medio Ambiente y MARE han acondicionado las instalaciones de Quijano de Piélagos, Cillorigo de Liébana, Castro Urdiales, Suesa y Reinosa

SANTANDER, 30 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Gobierno de Cantabria ha habilitado las cinco Estaciones Depuradoras de Aguas Residuales (EDAR) de Quijano de Piélagos, Liébana, Castro Urdiales, Suesa y Reinosa para depositar los vertidos de fosas sépticas con lo que el saneamiento de aguas residuales "es universal".

Así lo ha asegurado este jueves el consejero de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Urbanismo, Javier Fernández, durante la presentación de las instalaciones en donde se van a poder depositar los vertidos de fosas sépticas y otros vertidos extraordinarios. Las EDAR citadas, dependientes de MARE, se van a hacer cargo de recepcionar estos vertidos.

Fernández ha destacado que, con esta medida en la que su departamento ha invertido 395.000 euros, se puede decir que el Gobierno de Cantabria presta un servicio de saneamiento de "forma universal a la totalidad de su población".

Durante el acto, al que también ha asistido el director de MARE, Antonino Zabala, el titular de Medio Ambiente ha recordado que uno de los objetivos en esta legislatura era conseguir que el saneamiento de aguas residuales y su tratamiento fuera un servicio que se prestara al 100 por 100 de la población.

"Conjugando el plan de abastecimiento y saneamiento con todas las redes de saneamiento que ya están hechas en la actualidad, Cantabria cuenta con unas redes de saneamiento que alcanzan al 90% de la población, pero en el Plan de Abastecimiento y Saneamiento está previsto completar esas redes para llegar al 96 ó el 97% de la población", ha recordado el consejero. En su opinión, y gracias a el servicio que hoy se presenta, toda la población contará con saneamiento.

ELIMINACIÓN PROGRESIVA DE LAS FOSAS SÉPTICAS

Con esta mediada, el Gobierno de Cantabria pretende ir eliminando progresivamente las fosas sépticas y, al mismo tiempo, dar servicio a las viviendas aisladas de las redes de saneamiento y así controlar la entrada de residuos a las EDAR.

Los residuos admitidos en estas cinco instalaciones son los provenientes de aquellas fosas sépticas ya servidas por la infraestructura del Plan de Abastecimiento y Saneamiento de Cantabria, las mismas en zonas con redes de saneamiento en proyecto o ejecución, y usuarios sin red de saneamiento disponible.

El acto ha contado con la presencia de los alcaldes de Santiurde de Reinosa, Borja Ramos; Pesquera, Rubén Ruiz; Campoo de Suso, Pedro Luis Gutiérrez; Campoo de Yuso, Eduardo Ortiz; Potes, Francisco Javier Gómez; Cillorigo de Liébana, Jesús María Cuevas; Pesaguero, Vicente Vélez; Vega de Liébana, Gregorio Alonso; Cabezón de Liébana, Jesús Fuente; Piélagos, Enrique Torre; y Ribamontán al Mar, Francisco Asón. Además, han asistido representantes de otros 10 ayuntamientos.

Personal de MARE se encargará de gestionar la documentación relativa a la fosa séptica o vertido recibido; el muestreo o inspección de la fosa séptica y otros vertidos; el seguimiento y control de la descarga de los residuos de la fosa séptica y otros vertidos en la EDAR correspondiente, así como la elaboración de informes.

CRITERIOS DE ADMISIÓN

La directora de Aguas de MARE, Mónica Mallavia, ha explicado que los dos criterios básicos de admisión de residuos procedentes de fosas sépticas y vertidos extraordinarios en las EDAR son, por un lado, que la fosa séptica se ubique en cualquiera de los municipios dentro de la orden de núcleos o que tengan establecido un convenio, y por otro, la gestión por parte del usuario de la tasa del canon de saneamiento en la factura del agua.

Los residuos admisibles son todos aquellos que no sean procedentes de limpiezas industriales, purines o residuos de granjas o explotaciones ganaderas y separadores de grasas instalados en cocinas o empresas de alimentación. Es decir, los aceptados incluyen los vertidos de fosas sépticas domésticas o de comunidades de propietarios; las situadas en actividades comerciales o industriales; domésticas de viviendas aisladas; colectores de saneamiento urbano realizadas por los municipios; inodoros portátiles ubicados en actos públicos organizados por los municipios, y los fangos provenientes de depuradoras domésticas en núcleos de población aislados.