Fomento decreta servicios mínimos ante la huelga de Auto-Res que afecta a una ruta escolar en Cuenca

Actualizado: jueves, 18 diciembre 2014 8:54

TOLEDO, 18 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Consejería de Fomento ha dictado una resolución por la que establece los servicios mínimos en el transporte público regular de viajeros de uso especial, que realiza la empresa Auto-Res, SL, durante la huelga de sus trabajadores convocada para este viernes y que afecta a una ruta escolar en la provincia de Cuenca.

Según publica el DOCM y recoge Europa Press, la huelga convocada en la empresa Auto-Res, S.L., por el sector estatal de carretera de la Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO (FSC-CCOO), tendrá lugar los días 19, 22, y 23 de diciembre de 2014, si bien, a la región solo afecta la convocatoria del día 19 de diciembre de 2014, puesto que los días 22 y 23 de diciembre tienen el carácter de no lectivos en esta comunidad.

Estos paros afectan únicamente, en lo que se refiere a esta Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, a una ruta de transporte escolar de la provincia de Cuenca que transporta diariamente 38 alumnos al IES 'La Hontanilla' de Tarancón procedentes de la Urbanización El Ballestar, Zarza de Tajo y Belinchón.

La Dirección General de Organización, Calidad Educativa, y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes ha concluido que no es posible la reducción de expediciones en la línea afectada, ya que únicamente tienen una expedición de ida y otra de regreso a la localidad donde está situado el domicilio de los alumnos y que tampoco es posible la reagrupación de otras líneas.

Por ello, se ha determinado el mantenimiento del servicio de la ruta de transporte escolar en una de sus expediciones, la de ida, el día 19 de diciembre de 2014, garantizándose de esta manera el ejercicio del derecho a la educación del alumnado y el ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores máxime cuando la zona de origen de los usuarios de transporte es fundamentalmente rural. La imposición de tales servicios mínimos es del 50% en tanto que se solo se mantiene la expedición de ida que se presta normalmente.

Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados ilegales.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta Orden corresponderá a la empresa afectada.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Contra ella, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Fomento, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de dos meses, contados uno y otro plazo desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

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