El Ayuntamiento de Salamanca adapta las ayudas por hijo nacido o adoptado a los ingresos de los padres

SALAMANCA, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

   La Comisión de Hacienda del Ayuntamiento de Salamanca ha dado este martes el visto bueno a la convocatoria de las ayudas por hijo nacido o adoptado, en la que este año se ha adaptado su concesión a los ingresos de los progenitores.

   Las bases establecen que los ingresos de las familias, dependiendo de su número de miembros, deben estar entre cuatro y dos veces el Salario Mínimo Interpersonal (SMI).

   Así pues, establece que los ingresos de las familias de seis miembros no puede superar cuatro veces el SMI; las de cinco no pueden superar 3,5 veces el SMI; las de cuatro, menos de tres veces el SMI; las de tres, 2,5 veces el SMI; y las de dos no puede superar dos veces el SMI.

   Cuando cualquiera de los miembros de la familia tenga discapacidad física o psíquica, en el grado que señala la normativa reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como determinante  de la deducción, se computará como dos a efectos del cálculo del número de personas.

   De igual forma, se computarán como dos a los efectos señalados los desempleados, no pudiendo computarse por más de dos, aunque concurran en más de una circunstancia.

   Además de este requisito, todos los miembros de la unidad familiar deben estar empadronados en la ciudad de Salamanca durante al menos un año antes del nacimiento o adopción para recibir esta ayuda económica.

TRÁMITES

   Las familias interesadas que cumplan estos requisitos deberán presentar antes de cumplirse seis meses desde la fecha de nacimiento o adopción del niño la solicitud acompañada del DNI del solicitante y del libro de familia en el Organismo Autónomo de Gestión y Recaudación Económica (OAGER), situado en la Plaza de la Libertad, en el Centro Municipal Integrado Julián Sánchez `El Charro* o en el Registro General del Ayuntamiento.

   Las bases reguladoras de esta ayuda municipal concretan que deberá presentarse el convenio regulador en caso de separación, divorcio o nulidad y la resolución judicial o administrativa en el supuesto de adopción internacional.

   El solicitante deberá presentar también la documentación acreditativa de la titularidad de la cuenta bancaria en que se solicita se efectúe el ingreso de la ayuda, así como la autorización al OAGER para pedir a la Agencia Tributaria información relativa a los ingresos de todas las personas que integran la unidad familiar.

   Además, tendrá que presentar el original y una fotocopia de todos los documentos solicitados para su debida compulsa. En caso de que la solicitud no estuviese debidamente cumplimentada o no se acompañase de la documentación exigida, el Ayuntamiento de Salamanca requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, envíe los documentos preceptivos o subsane la solicitud, cuyo modelo está también disponible en la página web www.oager.com, en el apartado de trámites y solicitudes.

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