Ocampo: "Nunca dije que el alcalde de Valladolid vendiera papelinas en la calle"

Europa Press Nacional
Actualizado: miércoles, 3 febrero 2010 19:38

VALLADOLID, 3 Feb. (EUROPA PRESS) -

El portavoz de la Coordinadora Contra el Narcotráfico de Pajarillos, Luis Ocampo, juzgado este miércoles en Valladolid por un delito de injurias y/o calumnias sobre el alcalde, Francisco Javier León de la Riva, a quien durante una rueda de prensa celebrada el día 20 de julio de 2006 acusó de amparar con su política la economía negra, el narcotráfico, la prostitución y el blanqueo de dinero, se reafirmó en lo dicho entonces pero negó haberle implicado directamente en dichas actividades ilícitas. "Nunca dije que el alcalde de Valladolid vendiera papelinas en la calle, eso sería grotesco, y no me tengo por una persona grotesca", alegó el imputado.

Durante el juicio celebrado en el Juzgado de lo Penal número 2, que se desarrolló bajo un férreo dispositivo policial, incluso superior al dispuesto en procesos tan importantes como el seguido contra el 'Clan de los Monchines', con el fin de evitar incidentes con miembros del colectivo vecinal, que en un número no inferior a los doscientos se concentró a las puertas del Edificio de los Juzgados en apoyo del imputado, Ocampo reconoció como suyas las declaraciones entrecomilladas que aparecieron recogidas en distintos rotativos que se hicieron eco de la rueda de prensa pero, como así insistió, en ningún caso tuvo ánimo de injuriar o calumniar al primer edil vallisoletano.

Al respecto, el portavoz vecinal, en declaraciones recogidas por Europa Press, rechazó haber acusado a León de la Riva de estar implicado directamente en actividades delictivas, aunque sí que al "amparar e impulsar la economía especulativa era cómplice del narcotráfico, el blanqueo de capitales, la prostitución o la especulación urbanística". Alegó igualmente que su intención entonces era la de, una vez mejorada la situación del barrio desde el punto de vista del tráfico de drogas, "plantear otros niveles de denuncia para evitar que el alcalde volviera a salir reelegido en pro del saneamiento democrático de la ciudad".

El imputado, que estuvo defendido en el juicio por su esposa, la letrada Doris Benegas, también explicó que sus palabras contenían un reproche a la figura de León de la Riva, "no sólo porque no había movido jamás un dedo contra el narcotráfico sino también por su beligerancia contra el movimiento vecinal". Así, tras insistir en que no tiene ninguna "animadversión personal" contra el alcalde, Ocampo reiteró que se limitó en su día a denunciar públicamente que su política urbanística "es conducente y crea el clima propicio" para la proliferación de distintas modalidades de corrupción.

REPASO A LA POLÍTICA URBANÍSTICA DEL ALCALDE

Por su parte, el interrogatorio al que la esposa y letrada de Luis Ocampo sometió al alcalde vallisoletano, que se prolongó por espacio de veintitrés minutos, se convirtió en un repaso de los principales varapalos judiciales sufridos por la política urbanística del Ayuntamiento en los últimos años, y todo ello en un intento de la defensa por invocar el principio de la 'exceptio veritatis', es decir, tratar de demostrar que el imputado no incurrió en injurias o calumnias por cuanto sus acusaciones estaban apoyadas en datos y hechos reales.

Así, el alcalde se vio obligado a aclarar su intervención personal en distintas actuaciones municipales, tales como el proyecto de Valdechivillas, impulsado por un hermano de su concejal de Cultura, Comercio y Turismo, Mercedes Cantalapiedra; la recalificación de terrenos de Ebro, en la antigua Azucarera Santa Victoria; la sentencia del TSJCyL que prohibió al Ayuntamiento destinar a inversiones fondos obtenidos por la venta de suelo municipal; la adjudicación a familiares del PP, entre ellos a un hijo suyo, de viviendas en el Plan Parcial Villa del Prado; la sentencia sobre exceso de edificabilidad en unos áticos del edificio de Caja Duero, donde el munícipe cuenta con un piso, o aquella que apreció irregularidades en la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU).

Tras justificar que siempre obró bajo la premisa de buscar el beneficio para la ciudad, León de la Riva, que incluso fue interpelado sobre qué tipo de relación le unía a su concejal Mercedes Cantalapiedra, zanjó cualquier atisbo de duda respecto de su actuación en que a fecha de este miércoles no ha sido ni imputado ni condenado por el ejercicio de su actividad política. En lo que sí fue categórico es en su sensación de haberse sentido "calumniado seriamente por la imputación de una serie de delitos y porque las informaciones no sólo aparecieron en Valladolid sino fuera de ella".

Finalmente, el Ministerio Fiscal acordó mantener invariable su calificación de los hechos, según la cual Luis Ocampo incurrió en un delito de calumnias y/o de injurias graves con publicidad, merecedoras en el primer caso de una multa de 3.600 euros y en el segundo de 1.800 euros, junto con la obligación de indemnizar al perjudicado en la cantidad de 1.000 euros, al estimar que el acusado imputó al munícipe delitos de narcotráfico, blanqueo de capitales y prevaricación.

La defensa, sin embargo, pidió la absolución por entender que el acusado no pretendió menoscabar el honor del alcalde y basada en que las manifestaciones vertidas se fundamentan en sentencias judiciales e informaciones periodísticas que, "al menos de forma indiciaria, demuestran que existe corrupción urbanística". Alternativamente, en el supuesto de que el fallo fuera condenatorio, abogó por la aplicación de la eximente completa del artículo 20 de la Constitución, en referencia a que Ocampo se limitó a ejercer el derecho a la libertad de expresión.

La letrada, además, denunció en su alegato final falta de garantías que ofrecen las grabaciones de la rueda de prensa aportadas como prueba, ya que "estuvieron perdidas durante meses", y criticó que a lo largo del proceso se hubieran vulnerado los derechos fundamentales de la Constitución Española, el de libertad de expresión y, subsidiariamente, de información, así como las normas internacionales en las que estos derechos están reconocidos (el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Convenio para la Protección de los Derechos Fundamentales y Libertades).

En el largo apartado de vulneraciones, la defensora incluyó así mismo la del derecho a la defensa, al haberle sido denegada a lo largo de la instrucción del proceso una serie de pruebas de especial relevancia para poder invocar la 'exceptio veritatis', además de la, en su opinión, "indefinición" del Ministerio Fiscal a la hora de calificar los hechos.

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