Publicado 15/12/2017 13:24
- Comunicado -

La DOP Torta del Casar espera que la sentencia del Tribunal de la UE ayude a clarificar el panorama comercial

El Consejo Regulador de la DOP Torta del Casar espera que la sentencia del Tribunal General de la UE ayude a clarificar el panorama comercial

Casar de Cáceres, 15 de diciembre de 2017.- El Tribunal General de la Unión Europea da la razón a la Denominación de Origen Protegida (DOP) Torta del Casar en el litigio que mantiene con la DOP Queso de la Serena.

Tras varios años de oposiciones al registro como marca de la expresión “Queso y Torta de la Serena”, queda sin efecto la decisión tomada por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), que consideró que el término “torta” simplemente designa la forma redondeada y aplastada de un queso.   

El Consejo Regulador, según declaraciones del Presidente de la D.O.P. Torta del Casar, Ángel Pacheco Conejero, quiere destacar que “esto no es una guerra contra una Denominación de Origen Extremeña, esto es un trabajo mucho más amplio porque la palabra torta se vulgariza al aparecer en el mercado decenas de marcas que la utilizan”. En su análisis de la situación judicial en que se encuentran actualmente los distintos procedimientos contra registros de marca tanto a nivel nacional como a nivel europeo, Pacheco destaca que “el empecinamiento que han mostrado algunas queserías o empresas de distribución en registrar en sus marcas la palabra `Torta, deriva de que se asocia directamente a un nombre muy conocido y de mucho prestigio, la Torta del Casar. Además, “de otra forma no cabe imaginar los ingentes recursos empleados por algunos en defender que `Torta es un genérico, si lo fuese, no habría necesidad de litigios, pero no lo es”.   

Por su parte el director del Consejo, Javier Muñoz, indica: “siempre hemos defendido que el término “torta” es una denominación tradicional ligada intrínsecamente a la DOP Torta del Casar”. Tras analizar a fondo la sentencia, Muñoz destaca que “El fallo del tribunal anula esta resolución al señalar que la EUIPO (sic) omitió, ilegalmente, apreciar la cuestión de si el término torta era una denominación tradicional no geográfica, desmontando por tanto el argumento de que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto y que torta es un nombre genérico”.   

Finalmente, el Consejo Regulador espera que esta sentencia del Tribunal General de la Unión Europa ayude a clarificar el panorama comercial, ya que este uso indiscriminado de la palabra “torta” daña profundamente tanto a los productores de la Torta del Casar, que pierden cuota de mercado, como a los consumidores que muchas veces creen estar comprando un queso amparado por la Denominación de Origen cuando no es así.   

Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) Torta del Casar         

Los quesos D.O.P. Torta del Casar se elaboran únicamente en las queserías inscritas en los registros del Consejo Regulador, que día a día trabaja para garantizar el origen y la calidad de la misma, controlando la pureza del proceso de elaboración para la plena seguridad y confianza de los consumidores.

La Denominación de Origen Protegida ampara este queso de antigua tradición y cualidades singulares y diferenciadoras. Por eso, cuando se quiera disfrutar de un auténtico queso D.O.P. Torta del Casar, hay que buscar su exclusiva etiqueta de control en la que se une el logotipo del Consejo Regulador al de la Unión Europea, única garantía de que la elección realizada y el reconocimiento internacional.

   

Para más información:

Europa Press Comunicación: 91 359 26 00

Susana Sedano susanasedano@europapress.es

Virginia García virginiagarcia@europapress.es

Consejo Regulador D.O.P. Torta del Casar: 927 290 713

Javier Muñoz direccion@tortadelcasar.eu    www.tortadelcasar.eu

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