Actualizado 09/03/2018 10:28
- Comunicado -

¿Puedo conocer si un cliente ha impagado otras deudas?

PIXELS
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Madrid, 9 de marzo de 2018-. Las consecuencias perjudiciales de un cliente moroso son innumerables. Requerimientos que no son contestados, largos procesos judiciales o extrajudiciales que no siempre resultan fructíferos, altos costes para el cobro o reestructuraciones de deuda son algunas de las situaciones con las que te podrías encontrar.

En términos generales, toda persona que se dedique al tráfico mercantil es consciente de que necesitará conocer con quién contrata y si éste puede hacer frente a las obligaciones a las que se comprometa, así como contra quién compite en su sector. Pero ahora más que hace unos años. Y es que la crisis económica ha visibilizado las consecuencias perjudiciales del efecto dominó que produce el impago de una deuda.

Por eso, ahora más que nunca, las empresas tienden a estudiar a sus clientes, sobre todo cuando los pagos de las operaciones no se hacen al contado y son de gran cuantía.

En consecuencia, a la luz del artículo 29.2 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal de España, se han ficheros burós gestionados sin ánimo de lucro que aglutinan información de impagos de créditos y que nos permiten conocer los antecedentes de morosidad de nuestro potencial cliente. Hablamos del ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito), para personas físicas y jurídicas, y el RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas), creado por la Centro de Cooperación Interbancaria (CCI) y limitado actualmente a la información tan solo sobre las jurídicas.

En ellos podremos encontrar información como:

·       Número total de efectos impagados por una sociedad.

·       Importe total que suman los mismos.

·       Fecha de la última incidencia apuntada.

En el caso de RAI solo se integran los impagados por importe mayor o igual a 300,51 €, derivados de documentos en los que conste la firma del deudor. En el de ASNEF no existe cifra mínima, y se han dado casos de personas que constaban por deudas de tan solo 15 euros.

¿Cómo puedo acceder a ellos?

Los ficheros que se nutren a partir de la información aportada por sus propios socios, que son necesariamente los acreedores de los créditos impagados (principalmente entidades financieras y de comunicaciones). En las webs oficiales de estos ficheros podemos consultar si estamos incluidos en ellos y, en su caso, solicitar la cancelación. Pero no podremos acceder a los datos de terceras personas, salvo que seamos socios, y deberemos hacerlo a través de alguna empresa proveedora de información, tal como Axesor, que ha sido autorizada como distribuidora con accesos ilimitados a ambos ficheros.

Así, los informes que ofrece Axesor se presentan bastante ventajosos para obtener información previa sobre la solvencia de nuestros clientes. Por ejemplo, el “Informe de Crédito” permite comprobar si consta o no en los ficheros de ASNEF Empresas y RAI, y analiza los datos más relevantes del riesgo, impago e y otras informaciones económicas y financieras. Y lo que es mejor, y a diferencia de lo que ocurre con la información que podamos obtener en otros portales, se comprometen a actualizarlo si existe nueva información en el Registro Mercantil, y enviarlo de forma gratuita en el plazo de dos horas.

Además de toda la información básica sobre el cliente (datos identificados, detalle de actividad), los informes de Axesor permiten obtener un scoring de la deuda, esto es, un indicador subjetivo de la capacidad de la empresa para cumplir puntualmente con los pagos, lo que permitirá seleccionar eficientemente los cliente y operaciones, con la arantía de que ser la primera Agencia de Rating española.

La búsqueda resultará sencilla. Basta con que conozcamos el CIF de la empresa, su denominación, su nombre comercial o su teléfono, o incluso se puede realizar una búsqueda avanzada para filtrar por el municipio donde esté sito.

Emisor: axesor.es

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