La Audiencia confirma el archivo de la denuncia contra el alcalde de Gandia por la escultura de Miró

VALENCIA, 24 Abr. (EUROPA PRESS) -

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado el archivo de la denuncia interpuesta por Antoni Miró, autor de la escultura del 25 d'Abril, contra el alcalde de Gandia, Arturo Torró, y el teniente de alcalde de Cultura, Vicent Gregori, por el traslado del monumento.

Así consta en el auto facilitado por el Ayuntamiento de Gandia, en el que el tribunal desestima el recurso de apelación interpuesto por Miró contra la sentencia del juzgado de Gandia que acordó sobreseer la causa al no apreciar delito.

El escultor acusaba a Torró y a Gregori de haber cometido un delito contra el patrimonio artístico y otro delito de prevaricación. Al respecto, sobre el primer supuesto, la Audiencia indica que el hecho de que la obra en cuestión se halle o no catalogada como de interés artístico, podría tratarse de una infracción administrativa, cuyo incumplimiento podría ser puesto de manifiesto ante la jurisdicción de ese orden. "Pero en caso alguno es un extremo que afecte de cara a la resolución de este recurso", señala.

Además, el tribunal agrega que no se discute el valor artístico de la obra, y tampoco se presenta como excesivamente problemática la posibilidad de que el delito se pudiera cometer en grado de tentativa. Así, recuerda que el proyecto de retirada de la estatua en su día confeccionada por Miró aparece en un proyecto realizado por la Conselleria de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente, pero no existe un expediente administrativo incoado aún al efecto, "y simplemente hay una fase de discusión que podríamos calificar de meramente política, sin que se haya iniciado la ejecución de acto alguno para trasladar la estatua".

Aparte de lo expuesto, la Audiencia señala que se está presuponiendo que con el traslado de la escultura, caso de llegar a materializarse se causarían daños en la misma: "evidentemente esto es algo que no se puede adelantar y, en cualquier caso, no se ha realizado acto alguno que, de insistir en el mismo, fuera potencialmente capaz de destruir o menoscabar la obra".

Sobre el supuesto delito de prevaricación, el tribunal recuerda que la prevaricación exige, como elemento integrante del tipo, que haya una resolución administrativa, algo que en este supuesto no se ha dado.

Por lo demás, la Audiencia tampoco considera que se vulnere el derecho a la tutela judicial efectiva por el hecho de no haberse practicado más diligencias de prueba que las declaraciones de los denunciados y la incorporación de los documentos aportados por las partes. En este caso --agrega-- "existe base suficiente para justificar el pronunciamiento" del juez de Gandia.