El conductor 'Kamikaze' en Polinyà se persona en el TS para pedir que no se revoque el indulto

Actualizado: viernes, 19 abril 2013 20:14

VALENCIA, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -

El conductor 'kamikaze' que fue indultado por el Gobierno tras ser condenado a 13 años de prisión por un accidente registrado en 2003 en la AP-7, que se saldó con la vida de un joven, se ha personado en el recurso interpuesto por la familia para pedir que no revoque la decisión adoptada por el Ejecutivo central, según ha informado en declaraciones a Europa Press el abogado de la familia, Agustín Ferrer.

El Ejecutivo aprobó el 7 de diciembre de 2012 indultar a este hombre, condenado como autor de un delito de conducción con grave desprecio para la vida de los demás, en concurso ideal con un delito de homicidio, un delito de lesiones, una falta de lesiones y una falta de daños.

Frente a esta decisión, la familia de la víctima presentó el pasado 25 de enero un recurso ante el Tribunal Supremo, para que revocase el indulto. En concreto, anunció la presentación, y el próximo lunes, día 22, lo formalizará, según ha explicado Ferrer.

Dentro de este recurso, el 'kamikaze' ha decidido personarse, representado por el bufette de abogados que le tramitó el asunto del indulto, el despacho Uría Menéndez. Ha solicitado que no se revoque el indulto, que se mantenga el acuerdo adoptado en el Consejo de Ministros y que no se anule.

El pleno del Tribunal Supremo ha avanzado que se reunirá para tratar este tema en concreto, según ha comentado Ferrer, quien ha puntualizado que esto no suele ser lo habitual: "de normal se reúnen por secciones para resolver una cuestión, pero no todos los magistrados de la sección", ha dicho.

Paralelamente a este recurso, la familia presentó un recurso de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el que alegaba desproporción en la conmutación de la pena --de cárcel a una multa de 4.000 euros-- y falta de equidad.

RELATO DE LOS HECHOS

El incidente tuvo lugar el 1 de diciembre de 2003, según se indicaba en la sentencia condenatoria. En la tarde de ese día, el hombre golpeó su vehículo contra otro cuando circulaba por la A-7, a la altura de Torrente-Calicanto. Éste tuvo que apartarse, se detuvo en el arcén y avisó de lo ocurrido a los servicios de emergencia.

Seguidamente, el conductor accedió a la AP-7 por el peaje de Silla, y cuando llegó a la altura del punto kilométrico 551-552, efectuó un cambio de sentido y comenzó a circular en sentido contrario entre los dos carriles, a gran velocidad.

Los coches con los que se cruzaba tenían que apartarse hacia el arcén o a la mediana para evitar una colisión. El hombre circulaba sin emplear ningún otro dispositivo para avisar al resto de usuarios de la vía de su conducción contra sentido, y sin efectuar maniobra alguna de evasión para eludir los vehículos que circulaban en sentido correcto.

Cuando se hallaba en el tramo Silla-San Juan, en el término municipal Polinyà del Xúquer y Partido Judicial de Sueca, en tramo recto, a nivel y de buena visibilidad, colisionó frontalmente contra un turismo en que viajaba una pareja. Como consecuencia del impacto, el hombre falleció de un traumatismo craneoencefálico y su entonces pareja sufrió diferentes lesiones.