La Generalitat valenciana recurrirá la anulación parcial del decreto de conciertos educativos

Vicent Marzà
I.CABALLER/CORTS VALENCIANES - Archivo
Actualizado: viernes, 25 mayo 2018 19:31

VALÈNCIA, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La Generalitat Valenciana recurrirá la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) de anular parcialmente el decreto de la Conselleria de Educación que regula el reglamento que fija los criterios para el acceso o renovación de los conciertos educativos al "no compartir" la resolución del alto tribunal valenciano que, según recuerdan, no es firme.

Así lo han aseverado a Europa Press fuentes de la administración autonómica después de que este viernes se haya conocido que el TSJCV ha estimado parcialmente cinco recursos interpuestos contra la norma de la Conselleria de Educación y, por ende, ha reconocido el derecho de varios centros a conservar las aulas concertadas que la Generalitat no les renovó.

Al respecto, desde la Conselleria de Educación remarcan que "las unidades a las que se refiere corresponden a unidades de Bachillerato de algunos centros" y esta no es una etapa educativa obligatoria. De hecho, subrayan, "la valenciana es de las pocas autonomías que concierta el Bachillerato al Estado español".

Agregan que el decreto de conciertos se estableció el año pasado "porque era cuando todos los conciertos de Bachillerato acababan su contrato de concierto y era el momento de estudiar las unidades de Bachillerato que había que concertar, es decir, volver a contratar según las necesidades de oferta educativa".

"CRITERIOS TRANSPARENTES Y RIGUROSOS"

"Este decreto --defienden desde el despartamento que dirige Vicent Marzà-- tiene esa función y se concertaron las unidades de Bachillerato necesarias para cubrir la oferta educativa en la etapa siguiendo criterios transparentes y rigurosos".

"Lo que no se entiende ahora es por qué se obliga a todas las valencianas y los valencianos a pagar unas unidades que no es necesario concertar, porque con la oferta de plazas que tenemos en los centros sostenidos con fondos públicos (centros públicos y privados-concertados) está más que asegurada", apostillan.

En la misma línea, insisten en que no se entiende que la sala "considere que obligatoriamente hay que volver a concertar todo aquello que antes de la renovación o no de conciertos ya estaba concertado, independientemente de que haya suficiente oferta de plazas en la actual red de centros que imparten Bachillerato, tanto públicos como concertados, al territorio valenciano", concluyen desde la Conselleria.

El TSJCV ha dado a conocer hoy varias resoluciones de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo en las que avala la legalidad de parte del decreto de la Conselleria de Educación recurrido, ya que reconoce que la Generalitat "no está obligada a concertar", pero precisa que, en el caso de la enseñanza no obligatoria, "si opta por los conciertos, debe someterse a la normativa básica del Estado" que impide extinguir por decreto conciertos que siguen vigentes y obliga a renovarlos si los centros educativos cumplen los requisitos exigidos por la norma.

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