Los profesores podrán completar su horario lectivo con clases de otras materias en su centro o municipios limítrofes

El Vicepresidente Del Consell, José Císcar
Foto: EUROPA PRESS
Actualizado: viernes, 29 junio 2012 17:07

VALENCIA, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

   Los profesores con destino definitivo en los centros públicos no universitarios dependientes de la Generalitat podrán completar su horario lectivo con clases sobre otras materias relacionadas con su especialización, ya sea en su propio centro o en localidades limítrofes. En caso de no acogerse a ninguna de estas opciones, la Administración se reserva el derecho a asignarle otro destino dentro del ámbito provincial.

   Así se establece en el nuevo decreto aprobado este viernes en el Pleno del Consell, y anunciado por el vicepresidente y portavoz Gobierno valenciano, José Císcar, quien ha argumentado que la normativa "busca dotar de flexibilidad" las plantillas para procurar una distribución del profesorado "en función de las necesidades del sistema educativo".

   De este modo, en el caso de que no puedan impartir la totalidad de las horas lectivas en su disciplina, se les ofrece la "posibilidad de optar voluntariamente" por completar su horario impartiendo otras materias afines a su titulación, en su propio centro y si no fuera posible, en otro centro de localidades limítrofes, impartiendo materias o módulos de las especialidades de las que sea titular o que pueda impartir por su titulación.

   En este sentido, fuentes de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo han detallado a Europa Press que este departamento está trabajando ya en el diseño de diversos "paquetes de asignaturas" que puedan ser impartidas por los profesores en función de la especialidad de cada uno de ellos y que este listado estará listo "en breve".

   La idea, ha explicado Císcar, es "guardar el equilibrio entre especialización del docente y su polivalencia" y a su vez, "garantizar la estabilidad de las plantillas" dentro de una situación económica que "exige profundizar en criterios de eficiencia" en la gestión de recursos y "son necesarios instrumentos que permitan destinar profesorado allí donde sea necesario".

   Con este decreto, se pretende "adecuar el número de docentes por razones de aumento de ratio derivadas de la aplicación de la reciente legislación nacional", a la disminución del alumnado en determinados niveles educativos, y poder planificar plantillas en función de las áreas donde descienden los nacimientos.

   Císcar ha recordado que hasta ahora, la normativa vigente que data del año 2002, no permitía recolocar al funcionario de carrera fuera de su localidad de destino aunque en esa localidad no existiera carrera lectiva para ese profesor, de modo que un profesor con destino definitivo podía quedarse en su localidad sin horario lectivo, sin dar determinado número de clases aunque en localidades limítrofes fuera necesario un docente de su misma especialidad y no hubiera ninguno.

OTRAS VÍAS PARA ELEGIR DESTINO

   Además, el docente podrá optar voluntariamente por adquirir la condición de desplazado, lo que implica poder impartir materias de las especialidades de las que sea titular o esté habilitado en cualquier punto de la localidad o provincia o Comunitat Valenciana.

   También podrá elegir voluntariamente adquirir la condición de suprimido pudiendo optar por la recolocación definitiva en su propio centro si existe vacante de su especialidad o de otra para la que esté habilitado transitoriamente. Asimismo, puede decidir escoger un destino provisional durante un año en cualquier punto de la Comunitat para impartir materias de las especialidades de las que sea titular o de las que se habilite transitoriamente teniendo preferencia para elegir destino frente a los desplazados y profesorado sin destino definitivo.

   En el caso de que el docente no opte por ninguna de las tres opciones, la Conselleria decidirá en qué centro deberá desempeñar su trabajo, dando prioridad siempre a destinos de la misma localidad y, en el caso de no ser posible, de la misma provincia.