Sindicatura de Comptes señala el "ánimo de lucro" en extraescolares y advierte de "lagunas" en la obligación de informar

Un aula de un colegio
GVA
Actualizado: miércoles, 1 abril 2015 15:29

VALENCIA, 1 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Sindicatura de Comptes recomienda a la Generalitat Valenciana que clarifique la normativa para que se obligue a los centros educativos públicos y concertados a informar sobre las actividades y servicios complementarios que oferten. A su juicio, "existen lagunas" en cuanto a la obligación de información de los centros públicos y concertados, en los que se ha detectado, con "carácter generalizado, la existencia de ánimo de lucro" con estas actividades.

Así consta en el informe firmado por el Síndic Major, Rafael Vicente Queralt, titulado 'Una oportunidad para la mejora de la gestión: Auditoría operativa de enseñanza primaria'. Para ello, se ha revisado el programa de Enseñanza Primaria, que cuenta con 1.493,6 millones, lo que supone el 37,2 por ciento del presupuesto de la Conselleria de Educación, y se han visitado 18 centros --nueve concertados y nueve públicos a razón de tres de cada uno por provincia--.

La institución auditora advierte de que la normativa autonómica "no es suficientemente clarificadora en cuanto al desarrollo del principio básico de gratuidad". En las alegaciones al estudio, la Conselleria de Educación ha señalado que las recomendaciones "están siendo consideradas para su implantación".

Además, precisa que en los centros concertados se ha detectado que "no pueden considerarse estrictamente voluntarias" las aportaciones económicas que reciben, "pues no queda reflejado este término expresamente en la información facilitada a las familias". "Tampoco consta que la dirección territorial competente haya iniciado ninguna actuación en relación con este incumplimiento normativo", agrega el informe.

COMEDOR ESCOLAR

Por lo que se refiere al servicio de comedor escolar, la Sindicatura estima que el margen del "beneficio teórico" del curso escolar 2013-2014 por la gestión del comedor escolar de los nueve centros públicos visitados, asciende a 9,8%. Además, indica que el coste que soportan los centros en concepto de menú fluctúa entre los 2,61 euros por comensal y día y los 3,16 euros.

La variabilidad de precios es mayor en el servicio de monitores de comedor, ya que la diferencia entre el coste más bajo y el más elevado es del 72%. Por ello, la Sindicatura recomienda acudir a los sistemas para la racionalización de la contratación".

Otros aspectos que trata la auditoría es que el índice de ocupación de los puestos escolares se situó en el curso 2013-2014 en el 71% en los colegios públicos, y en el 87,5% en los concertados. Por ello, recomienda a la administración "alcanzar un equilibrio razonable" entre la ocupación escolar en los centros públicos y en los centros concertados.

Además, señala que el coste estándar anual por unidad escolar en un centro público es un 13,4% superior al de un centro concertado en centros con una línea. Al respecto, señala que si se maximizara su ocupación a 30 alumnos por unidad, sería superior en un centro público al de un concertado, con una diferencia estimada en 309 euros en centros con una línea y en 305 euros en centros con dos líneas. Dicha diferencia, apunta, es compensada por el mayor desembolso que realizan las familias" para la escolarización en los concertados.

Por otro lado, afirma que los resultados académicos reflejan que los de la pública y la concertada se igualan, aunque "una vez descontado el efecto del índice estadístico estatus social, económico y cultural".

DETERIORO EN LOS PAGOS Y PAGOS A DOCENTES

Otro de los puntos que destaca el informe es que periodo de pago de los gastos de funcionamiento tanto de centros "se ha deteriorado en el periodo 2009-2013". Asimismo, indica que el control económico ejercido por la administración educativa, conjuntamente con la dirección de los centros docentes, "se sitúa en un nivel medio".

La auditoría de la Sindicatura de Comptes advierte también de que el pago delegado a los docentes en los centros concertados "supera los límites" previstos en la Ley de Presupuestos porque "se han estimado en base a condiciones retributivas estándar". Por ello, recomienda establecer los módulos económicos en base a las condiciones retributivas reales, proveer de herramientas de control adecuadas para facilitar el control tanto a priori como a posteriori y "establecer los gastos variables en función del tamaño del centro".

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