El TS confirma la condena a tres acusados por la muerte de una jubilada de 69 años en un robo en Alicante

Actualizado: miércoles, 28 enero 2015 16:31

ALICANTE, 28 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena a tres acusados por la muerte de una mujer de 69 años durante un robo en su piso de Alicante que tuvo lugar en la madrugada del 13 de septiembre de 2011. De esta forma, el Alto Tribunal ha desestimado los recursos de las defensas contra la sentencia dictada el 6 de marzo del año pasado por la Audiencia de esta provincia.

El TS entiende que la actuación de los ladrones "encaja con absoluto rigor técnico en la hipótesis del dolo eventual", pues maniataron y amordazaron a la víctima, que falleció asfixiada. Es irrelevante, por tanto, que los sospechosos no tuvieran intención de quitarle la vida, sino exclusivamente "atentar contra la propiedad", cuando irrumpieron en su domicilio.

"La víctima no tuvo absolutamente ninguna posibilidad de defensa. Recuérdese: tres adultos colocándose encima de una anciana, a la que ataron y pusieron boca abajo en la cama en la que se hallaba, luego de haber sido sorprendida en el sueño. Difícil imaginar una situación de mayor y más extrema inermidad, que es lo que constituye el núcleo de la alevosía", apuntan los magistrados en su fallo emitido el pasado mes de diciembre y al que ha tenido acceso Europa Press.

Los tres asaltantes fueron condenados a penas de 15 años de prisión por el delito de asesinato y a indemnizar conjuntamente a la familia de la perjudicada con un total de 200.000 euros. Además, la sección décima de la Audiencia Provincial de Alicante impuso otros cuatro años y medio de cárcel a cada uno por el delito de robo con violencia en casa habitada.

Un cuarto procesado fue condenado a otros cuatro años por el robo como cooperador necesario, pero fue absuelto del asesinato. El Supremo ratifica dicha absolución, pero aumenta en seis meses la pena por el robo al aplicar a la conducta del interesado la agravante de abuso de confianza.

Según declaró probado la Audiencia, este último conocía a los dos hijos de la fallecida y sabía que uno de ellos guardaba en el dormitorio de la mujer un mueble con un doble fondo que contenía gran cantidad de dinero procedente, al parecer, del tráfico de drogas. El procesado compartió dicha información con los otros tres individuos y les propuso que entraran en la casa para hacerse con ese botín.

Así, el 13 de septiembre de 2011, de madrugada, los tres ladrones se introdujeron en el inmueble, ubicado en la calle Primavera de Alicante, tras descolgarse desde la azotea del edificio hasta el balcón que daba al salón, el cual se encontraba abierto. La propietaria aún estaba despierta, de modo que cogieron las llaves que colgaban en la puerta de entrada para volver más tarde.

Sobre las 4.00 horas regresaron, pero la mujer se despertó, por lo que la amordazaron y le ataron con cuerdas las manos a la espalda, así como las piernas, al tiempo que le impedían la respiración violentamente cogiéndola del cuello y tapándole la boca y la nariz, lo que desembocó en un "síndrome secundario a estrangulación que le provocó la muerte". Los delincuentes se hicieron con al menos 1.200 euros que estaban escondidos en el mueble.

"ABRUMADORA DESPROPORCIÓN"

El Supremo considera que esa "abrumadora desproporción" entre la fuerza física desarrollada por los tres implicados, todos menores de 40 años, y la "capacidad de resistencia del organismo de una mujer de 69 años", unidas al hecho de la postura en que fue colocada tras ser acometida violentamente, con la boca cubierta y las lógicas dificultades para respirar, hacían "altamente probable" el desenlace fatídico que tuvo lugar.

"Obrando como lo hicieron, sabían que creaban un elevado riesgo concreto para la pervivencia de su víctima", abundan los miembros de la sección primera de la Sala de lo Penal del Supremo, que aplican al caso la jurisprudencia existente sobre el dolo eventual y descartan, por tanto, que la acción pueda calificarse por ejemplo como homicidio imprudente.

Además, la sala confirma la validez de las diferentes pruebas en las que se basó la Audiencia de Alicante para declarar culpables a los acusados, entre ellas la declaración de un testigo protegido que compartía cárcel con uno de los ladrones, la carta manuscrita intervenida a este último donde confesaba lo ocurrido y los posteriores 'pinchazos' telefónicos que evidenciaron la participación en los hechos de todos los implicados.

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