Entra el vigor la ley que da más autonomía a la Biblioteca Nacional

La exposición Teresa de Jesús en la Biblioteca Nacional
EUROPA PRESS

MADRID, 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

La nueva Ley que regulará la Biblioteca Nacional de España (BNE) y con la que se pretende dotar de mayor autonomía a la institución entrará en vigor a partir de este jueves, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

En concreto, esta ley regula el funcionamiento de la Biblioteca, que custodia y da acceso a cerca de 30 millones de documentos, "devuelve a la institución el estatus de dirección general (sin coste alguno) que había tenido continuadamente hasta mayo de 2010, y mantiene su carácter de organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Además, dota a la institución de instrumentos para hacer más ágil su gestión y reforzar su liderazgo como primera institución bibliotecaria del Estado, y como centro de referencia internacional de acceso a la información y al conocimiento del español.

El proyecto normativo recoge cambios en relación con la normativa vigente sobre los órganos de gobierno, entre los que destaca que el Real Patronato, hasta ahora órgano consultivo sin funciones rectoras, pasa a ser un órgano rector colegiado con una implicación directa en el establecimiento de las directrices y actuaciones de la Biblioteca, y velará por su cumplimiento. Además, incorpora la función de realizar una labor activa en la captación de recursos propios y de patrocinio.

La Ley, que recibió la 'luz verde' del Congreso el pasado 12 de marzo, establece que, una vez promulgado el texto como Ley, en el plazo de un año se apruebe un Estatuto que regule la gestión interna y la estructura orgánica y funcional de la Biblioteca Nacional de España.

RÉGIMEN DE INGRESOS Y COMITÉ CIENTÍFICO

En el régimen de ingresos, la Biblioteca podrá incluir los provenientes de actividades propias y de la cesión de espacios, contemplando como tipos de ingresos los derivados de los precios públicos, las tasas y los ingresos de derecho privado.

Se considera como ingresos de derecho privado aquellos que perciba la Biblioteca Nacional de España por la prestación de servicios o la realización de actividades que, de acuerdo con la Ley, no tengan naturaleza tributaria, no constituyan precios públicos y no deriven del ejercicio de potestades administrativas.

Cuando sea imprescindible para la consecución de los fines que tiene asignados, la Biblioteca Nacional de España podrá participar en sociedades o fundaciones cuyo objeto sea acorde con sus fines, en los términos establecidos por la legislación vigente y del modo que se determine en su Estatuto.

Para fomentar el impulso del desarrollo cultural, científico y económico de la Biblioteca, se prevé la creación de un Comité Científico con funciones consultivas, que asesorará en la participación de programas y proyectos de investigación nacionales e internacionales, así como en todos aquellos aspectos relacionados con la generación de contenidos y con proyectos de desarrollo e innovación tecnológica que procuren un mayor conocimiento de las colecciones de la Biblioteca Nacional de España.

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