Economía/Energía

Los instalaciones de renovables ya iniciadas con primas podrán reclamar indemnizaciones

MADRID, 31 Ene. (EUROPA PRESS) -

   Las instalaciones de nueva potencia renovable con prima que ya hayan iniciado los trámites de construcción y preasignación podrán reclamar las indemnizaciones correspondientes por los perjuicios económicos provocados ante los tribunales, según informan los expertos de Jones Day.

   El pasado 27 de enero el Gobierno aprobó un real decreto ley en materia energética que recoge un parón a la instalación de nueva potencia renovable con prima, que suprime los procedimientos de preasignación de retribución y de los incentivos económicos de energías renovables, cogeneración y la producida a partir de residuos.

   Los abogados de Jones Day explican que el rango elegido por el Gobierno para adoptar estas medidas, el real decreto ley, impide que su texto sea recurrido por los promotores de las instalaciones ante los órganos jurisdiccionales.

   No obstante, aunque la revisión de la legalidad en estos términos sea limitada, aquellos que hayan sufrido daños a resultas del mismo pueden reclamar su indemnización al amparo del artículo 139 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

   La regulación aprobada por el Gobierno prevé la devolución del aval. Sin embargo, existen numerosas instalaciones que ya habían iniciado todos los trámites necesarios para obtener la preasignación, al hilo de los concursos de priorización o similares mecanismos aprobados por las comunidades autónomas, cuyos costes no serán recuperados pero que pueden ser reclamados ante los tribunales.

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