El Gobierno aprueba la dación en pago como último recurso siempre que el deudor se someta a un plan de pagos

Los bancos deberán renovar su compromiso con el Código de Buenas Prácticas de deudores hipotecarios tras cambiar las condiciones

MADRID, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la dación en pago como último recurso siempre que los deudores se comprometan a seguir un plan de pagos durante cinco años para el abono de las deudas de las que no han sido exonerados, una condición de la que se excluyen los créditos públicos y por alimentos (pensiones alimenticias).

El Gobierno ha incluido esta medida en el Decreto Ley de Mecanismo de Segunda Oportunidad y Reducción de la Carga Financiera y otras Medidas de Orden Social que, además, incorpora una modificación del Código de Buenas Prácticas Bancarias para deudores hipotecarios.

Fuentes del Ministerio de Economía han explicado que la nueva normativa cuenta con un sistema de exoneración de deudas para personas físicas cuyo primer paso serían los acuerdos extrajudiciales entre deudor y acreedor en casos de menos de cinco millones de euros. Este proceso puede durar un máximo de dos meses.

Para ello se ha reforzado la figura del mediador concursal, que será designado por un notario o registrador. En el caso de que la negociación extrajudicial no llegue a buen puerto, el deudor podrá acudir a un concurso de acreedores.

El Gobierno ha decidido mantener la posibilidad actual de exoneración de deudas al concluir la liquidación siempre que se paguen los créditos privilegiados, contra la masa (por ejemplo, costas y gastos judiciales) y, si no se ha intentado un acuerdo extrajudicial de pagos, el 25% de los créditos ordinarios.

La novedad llega cuando no se han podido pagar estos créditos. En este caso, siempre que el deudor se comprometa a un plan de pagos durante cinco años para el abono de las deudas por créditos contra la masa y privilegiados, podrá quedar libre del resto de sus créditos excepto los públicos y por alimentos (pensiones alimenticias).

Para que el deudor quede libre de todo cargo, deberá hacer frente a las deudas no exoneradas o realizar un esfuerzo sustancial para saldarlas. Esta exoneración podrá revocarse en el plazo de cinco años si así lo piden los acreedores cuando se acredite que el deudor ha ocultado ingresos o bienes o consiguiera una sustancial mejora de su situación.

"Esto no es una dación en pago selectiva. No queremos inducir a la insolvencia estratégica. Hay que lanzar el mensaje de que el deudor tiene que cumplir", han señalado las fuentes del departamento que dirige Luis de Guindos, que consideran que estas medidas no encarecerán los créditos hipotecarios ni generarán efectos fiscales.

Las condiciones de este decreto son retroactivas. "Las personas que ya lo han dado todo y siguen arrastrando deudas se pueden acoger a estos beneficios", apuntan las fuentes.

CÓDIGO DE BUENAS PRÁCTICAS

El Gobierno ha aprovechado la aprobación de esta normativa para modificar las condiciones del Código de Buenas Prácticas Bancarias para deudores hipotecarios, que los bancos deberán firmar nuevamente. "Contamos con que lo hagan", indican las citadas fuentes.

El Ejecutivo flexibiliza los criterios que dan acceso a este código e incrementa el límite anual de renta familiar hasta tres veces el Indicador Público de Rentas Múltiples (IPREM). Hasta ahora se calculaba por 12 pagas y ahora se hará por 14, con lo que pasa de 19.170,39 euros a 22.365,42 euros en 2015.

También se amplían los supuestos de especial vulnerabilidad para incluir a los mayores de 60 años. Fuentes del Ministerio de Economía prevén que esta ampliación doble el número de personas incluidas en el umbral de exclusión, pero precisan que el cálculo está hecho 'a priori'.

Asimismo, se ofrecen nuevas medidas para los beneficiarios del Código. En concreto, se elimina la aplicación de las cláusulas suelo a los deudores situados en el nuevo umbral del código.

Las citadas fuentes han explicado que el efecto que la supresión de esta condición tendrá en las entidades de crédito "no es desdeñable", pero han puntualizado que no supondrá "la puesta en peligro" del sistema financiero. Además, han resaltado que la eliminación de estas cláusulas para el colectivo más vulnerable "no obliga a devolver lo cobrado" por este concepto.