El TUE celebra este martes la vista sobre la retroactividad de las cláusulas suelo

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EUROPA PRESS
Actualizado: lunes, 25 abril 2016 16:00

Las entidades españolas han ingresado 4.500 millones por cláusulas suelo cobradas desde el origen de la hipoteca y hasta la fecha sobre la que ha sentado doctrina el Supremo

   BRUSELAS/MADRID, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

   El Tribunal de Justicia de la UE (TUE) celebrará este martes, 26 de abril, una vista oral sobre los tres asuntos prejudiciales acumulados en relación a la retroactividad de las cláusulas suelo en España, en la que serán escuchadas todas las partes involucradas.

   La banca española está a la espera de este proceso ante el impacto de la caída del Euríbor a terreno negativo en sus cuentas y una vez que han asumido que los tipos de interés permanecerán en mínimos históricos en el corto plazo.

   En el mejor de los casos, la sentencia formal del TUE llegaría en unos cinco o seis meses. Las cláusulas suelo han impedido a los hipotecados beneficiarse de la caída histórica del Euríbor, principal índice de referencia para la mayoría de las hipotecas, que lleva hundido en tasas mensuales negativas desde el mes de febrero

   Tras esta vista, el abogado general que se designe para el caso comenzará su trabajo de cara a presentar unas conclusiones. Este proceso puede tardar entre tres y cuatro meses, dependiendo, entre otros factores, de la complejidad jurídica del asunto.

   La sentencia final suele dictarse entre dos y cuatro meses después de que el abogado general haya presentado sus conclusiones. No hay una fecha prevista concreta para la publicación de la sentencia.

   En total, el proceso suele durar entre un año y un año y medio desde que se presenta el recurso o la cuestión prejudicial. En este caso, son tres los asuntos prejudiciales acumulados sobre la irretroactividad de las cláusulas suelo, que fueron presentados entre abril y junio de 2015.

AEB: EL LÍMITE ES QUE UNA HIPOTECA SALGA GRATIS.

   Desde la patronal bancaria, el presidente de la Asociación Española de Banca (AEB), José María Roldán, defendía recientemente que una hipoteca se caracteriza por prestar dinero a cambio de una cantidad adicional, por lo que ha señalado como el "límite" que el endeudado no tenga que pagar nada ante el desplome del Euríbor. "El limite es que no tengas que pagar nada y el préstamo te salga gratis", sentenciaba de forma tajante.

   El Tribunal Supremo decidió precisamente el 14 de abril suspender la tramitación de un recurso sobre cláusulas suelo a la espera de conocer el pronunciamiento de la Justicia europea. El alto tribunal estudia el caso de dos personas que solicitaron la suspensión de la resolución de un recurso presentado por Unicaja en octubre de 2015.

   Las entidades financieras españolas han percibido unos 4.474 millones de euros por la aplicación de cláusulas suelo en las hipotecas entre noviembre de 2009, cuando los bancos y cajas activaron su comercialización, y hasta el 9 de mayo de 2013, fecha sobre la que ha sentado doctrina el Tribunal Supremo a partir de la que devolver lo cobrado por este tipo mínimo por falta de transparencia.

UN COSTE TOTAL DE CASI 9.800 MILLONES PARA LA BANCA.

   De reconocer Bruselas la devolución de todos los importes cobrados por las cláusulas suelo desde el origen del préstamo, que no se espera de forma inminente, la banca española tendría que devolver estos casi 4.500 millones, cifra que engrosaría la factura de 5.269 millones por los intereses cobrados desde el 9 de mayo de 2013 hasta finales de 2015, según cálculos de Analistas Financieros Internacionales (Afi).

     Así pues, las entidades financieras han ingresado casi 9.800 millones desde 2009 gracias a limitar en las hipotecas la caída del Euríbor.

   El TUE ya se ha pronunciado en otras ocasiones sobre las cláusulas suelo. La última también a mediados de este mes, cuando declaró ilegal la normativa española que obliga a un juez a suspender automáticamente una acción individual de un consumidor para declarar el carácter abusivo de una cláusula suelo a la espera de una sentencia en relación a una acción colectiva ejercitada por una asociación de consumidores.