La AEDAF recurre cuatro decretos de Hacienda por extralimitación reglamentaria

Actualizado: jueves, 22 marzo 2018 13:32

MADRID, 22 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) ha recurrido ante el Tribunal Supremo cuatro reales decretos aprobados por el Gobierno el pasado 29 de diciembre, que modifican los reglamentos de Aplicación de tributos, de Revisión, de Recaudación y de Régimen Sancionador al considerar que se produce una extralimitación reglamentaria al ir más allá de la Ley General Tributaria.

Los asesores fiscales presentaron los recursos hace unas semanas y este mismo jueves se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el referido al Reglamento de la Ley General Tributaria por el que se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.

El motivo de los recursos se debe a cuestiones de "exceso", ya que los asesores fiscales consideran que el Ministerio de Hacienda ha ido más allá de la Ley General Tributaria en las cuatro normas aprobadas en diciembre, según ha explicado a Europa Press el miembro de la sección de Derechos y Garantías y Práctica Tributaria de la Aedaf, Esaú Alarcón.

El Ejecutivo aprobó el 29 de diciembre los decretos que modificaban los reglamentos de desarrollo de la Ley General Tributaria: el Reglamento de Aplicación de los Tributos, el Reglamento General de Recaudación, el Reglamento General del Régimen Sancionador Tributario, el Reglamento General de Revisión en Vía Administrativa.

Así, los asesores han recurrido ante el Supremo el decreto de Revisión porque rechazan la regulación de las costas en vía económico-administrativa y dado que no hay una limitación de la cuantía de las costas.

A su vez, respecto al decreto referido al Régimen sancionador el recurso se centra en un punto en el que se intenta evitar que los procedimientos sancionadores caduquen cuando procedan de procedimientos de inspección. Con la nueva norma el procedimiento sancionador puede exceder de los seis meses establecidos cuando se acuerde la ampliación de actuaciones inspectoras tras el acta.

De su lado, el recurso contra el decreto referido a Recaudación se debe a que cuando se recurre y pide la suspensión solicitando un aplazamiento, el nuevo reglamento estipula que el aplazamiento se entenderá por no presentado si no se concede dicha suspensión, lo que en la práctica es como si se inadmitiese, algo que los asesores creen que puede dar lugar a que si no se aceptan las suspensiones solicitadas, se acabe en un periodo ejecutivo, lo que a su juicio va "más allá" de la Ley General Tributaria.

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