Los asesores fiscales recomiendan revisar "concienzudamente" los borradores de la renta antes de confirmarlos

Advierte a los contribuyentes que liquidaron preferentes o deuda subordinada en 2013 que deben analizar cómo tributa este hecho

MADRID, 10 Abr. (EUROPA PRESS) -

El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), órgano especializado del Consejo General de Economistas, ha recomendado a los contribuyentes que revisen concienzudamente los borradores y los datos fiscales que facilita la Agencia Tributaria antes de confirmar aquellos o de incorporar estos a las declaraciones.

Así lo pone de manifiesto en el documento elaborado por su servicio de estudios en el que se dan unas recomendaciones generales, se recogen las principales novedades de estas declaración de Renta y Patrimonio 2013, y se incide en algunos aspectos sobre los que merece la pena llamar la atención.

En concreto, sugiere a los contribuyentes que tengan cuidado con los criterios de imputación establecidos para cada fuente de renta. Por ejemplo, aunque los rendimientos del trabajo se deben imputar en el momento de su exigibilidad, existen reglas especiales para los atrasos o los que quedaron pendientes de resolución judicial.

En el caso de los percibidos por el Fogasa, a estos efectos habrá que considerarlos como si nos los hubiera pagado la empresa, excepto para el cálculo de retenciones, para lo que el Fogasa será un pagador distinto.

Por otro lado, recomienda prestar atención a la imputación de ingresos y retenciones de alquileres de inmuebles y de actividades profesionales cuando todavía NO se han cobrado y recuerda que las pensiones de residentes en España, percibidas por su trabajo anterior en otros países, es probable que tengan que tributar en España, según establecen los convenios para evitar la doble imposición.

Iguamente, advierte a los contribuyentes que liquidaron participaciones preferentes o deuda subordinada en 2013 que deben analizar cómo tributa este hecho y que dependerá de si acudió o no al procedimiento de arbitraje.

De la misma forma, resalta que se gravan como ganancias de patrimonio, además de los incrementos no justificados del mismo, percepciones como la prestación de maternidad percibida de la Seguridad Social, las ayudas al Plan PIVE, las ayudas a la adquisición de vivienda o al alquiler.

CORRECCIÓN DE ERRORES

Por último, el REAF recuerda que si después de presentar la declaración se advierte algún error que disminuya la devolución, se puede recuperar el importe solicitando la rectificación de la autoliquidación. Si el error sale a ingresar, será necesario de presentar declaración complementaria para evitar la imposición de sanciones.

El REAF también repasa las novedades de este año y destaca que las ganancias patrimoniales por transmisiones de bienes o derechos que no hayan permanecido en el patrimonio más de un año tributan a tarifa general y, para empresarios y profesionales, que si han iniciado la actividad en 2013 pueden reducir el rendimiento neto un 20% y, si han obtenido beneficios en la actividad e invertido en determinados elementos patrimoniales, podrán aplicar una deducción del 10 ó del 5%.

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