Montoro avanza que la recaudación tributaria creció por encima del 5%

Actualizado: jueves, 3 septiembre 2015 11:01

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha avanzado este jueves en el Pleno del Senado que los datos provisionales que maneja la Agencia Tributaria arrojan un incremento de la recaudación por impuestos "por encima del 5%" en tasa interanual.

Montoro, que ha aprovechado el debate del proyecto de Ley de Reforma de la Ley General Tributaria en la Cámara Alta para hacer este anuncio, ha añadido además que los ingresos por IVA ligados a pymes han crecido en el mismo mes un 12%.

El ministro de Hacienda ha recordado que estos datos se producen en el mismo ejercicio en que ha entrado en vigor la rebaja fiscal de IRPF y de parte del Impuesto sobre Sociedades.

Además, Montoro ha destacado que la rebaja fiscal acumulada hasta el momento supone un ahorro de impuestos que supera los 2.600 millones de euros.

LA LISTA DE MOROSOS, A FINALES DE AÑO.

Por otro lado, el titular de Hacienda ha insistido en que el proyecto de Ley a debate permitirá potenciar la lucha contra el fraude, reducir la conflictividad e incrementar la seguridad jurídica de las normas tributarias.

Entre otras novedades, dicha Ley incorpora la publicidad de listas de 'morosos' la primera de las cuales estará disponible "a final de este año" respecto a aquellos que a 31 de julio de 2015 mantuvieran una deuda superior al millón de euros.

Posteriormente, en el primer semestre de cada año natural se publicará un listado con aquellos que estén en dicha circunstancia el 31 de diciembre del año previo.

Montoro ha detallado también que la reforma de la Ley General Tributaria amplía las potestades de comprobación e investigación, regulando el derecho a comprobar las obligaciones tributarias en el caso de ejercicios prescritos, siempre que sea preciso en relación con obligaciones de ejercicios no prescritos.

Se fija un plazo de 10 años para la comprobación de bases o cuotas compensadas o pendientes de compensación o deducciones aplicadas o pendientes de aplicar.

Por otra parte, la norma también regula el procedimiento para liquidar administrativamente deudas tributarias aún cuando se aprecien indicios de haberse cometido un delito fiscal, y se adapta el procedimiento de recaudación de dichas deudas.

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