Cataluña recurre ante el Supremo la regulación del bonus para las empresas con baja siniestralidad

Actualizado: viernes, 20 octubre 2017 9:25

MADRID, 20 Oct. (EUROPA PRESS) -

La Generalitat de Cataluña ha interpuesto ante el Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto en el que se regula el sistema de reducción de las cotizaciones por contingencias profesionales a las empresas que hayan disminuido de manera considerable la siniestralidad laboral.

El recurso, según publica este viernes el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha sido presentado por el abogado de la Generalitat ante la Sala Tercera, Sección Cuarta, del Tribunal Supremo.

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 10 de marzo el Real Decreto que regula el bonus para las empresas que recorten de manera considerable la siniestralidad laboral.

Según explicó entonces el Ministerio de Empleo, la nueva normativa beneficia a las empresas al agilizar y simplificar el proceso de solicitud, reconocimiento y abono del incentivo, e implantar un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad.

Este Real Decreto venía a sustituir al de 31 de marzo de 2010 al considerar que este último contenía determinadas condiciones y requisitos que pudieron generar cierta inseguridad jurídica en los solicitantes del incentivo, dando lugar a denegaciones injustificadas.

La cuantía del incentivo actual es del 5% del importe de las cuotas por contingencias profesionales de cada empresa correspondientes al periodo de observación, con posibilidad de reconocer un incentivo adicional del 5% si existe inversión en prevención de riesgos laborales, estableciéndose en este último caso un límite máximo coincidente con el importe de la inversión realizada.

Este sistema de incentivos se financia con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social y para acceder al mismo se exige el cumplimiento por el empresario de determinadas obligaciones de prevención de riesgos laborales que deben acreditarse mediante una declaración responsable, así como haber informado a los delegados de prevención de la solicitud de los incentivos.

Asimismo, el Real Decreto facultaba a los médicos de las mutuas para emitir partes de baja, confirmación de baja y alta médica en los procesos por incapacidad temporal derivados de un accidente laboral o una enfermedad profesional durante los primeros 365 días del proceso.

Empleo explicó en su momento que en la tramitación de este Real Decreto se habían recabado los informes preceptivos de distintos organismos del Ministerio, de otros departamentos ministeriales y de los agentes sociales y del Consejo de Estado.

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