CC.OO. dice que la sentencia del TS sobre convenios da la razón a los sindicatos sobre la ultraactividad

MADRID, 22 Dic. (EUROPA PRESS) -

CC.OO. ha indicado este lunes que la sentencia del Tribunal Supremo (TS) sobre el mantenimiento de la ultraactividad de los convenios da la razón a los sindicatos acerca de uno de los elementos más polémicos de la reforma laboral, que limitó dicha ultraactividad a un año.

En un comunicado, el sindicato recuerda que el Supremo rechaza "la minoración de las condiciones de trabajo decidida unilateralmente por la empresa" tras decaer el convenio colectivo por finalización del periodo de ultraactividad, y considera positiva esta decisión, que viene a dar "certeza" al mantenimiento de las condiciones contractuales del convenio vencido para los trabajadores que las venían percibiendo.

Para el sindicato, lo que se sustancia en esta sentencia, relativa a la empresa Atese, es el derecho de los trabajadores a recuperar y mantener las condiciones retributivas y de trabajo establecidas en el convenio colectivo de empresa, que les venían siendo de aplicación hasta que, de "forma unilateral", el 8 de julio de 2013, la empresa decidió dejar de aplicarlas al considerar que ya no le eran exigibles por haber finalizado el plazo legal de ultraactividad desde que fue denunciado el convenio vigente.

En cambio, añade CC.OO., el Alto Tribunal ha dejado claro que las condiciones del convenio vencido se mantienen para los trabajadores que lo venían percibiendo, en tanto no se negocie otro convenio o la empresa abra un procedimiento de consultas para modificación de las condiciones de trabajo, en el caso de que se produzcan algunas de las causas contempladas en el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores.

Más allá de los efectos sobre los trabajadores de la empresa Atese, para CC.OO. esta sentencia del Tribunal Supremo es de "gran trascendencia" porque sienta jurisprudencia sobre uno de los elementos en litigio y una de las modificaciones más importantes del Estatuto de los Trabajadores realizada con la reforma laboral de 2012. A expensas de analizar el contenido de la sentencia cuando sea publicada, el sindicato considera "muy positiva" la posición adoptada, coincidente con el criterio mantenido por las organizaciones sindicales.

Por todo ello, el sindicato denuncia el "ataque" a la negociación colectiva que suponen las previsiones contenidas en la reforma laboral, así como la "indefensión" que hasta ahora se cernía sobre los trabajadores por la "indefinición" en que quedaban sus condiciones de trabajo en el caso de que decayera el convenio colectivo, al quedar limitado a un año el periodo legal de ultraactividad de los convenios.

"Este es el primer pronunciamiento del Tribunal Supremo tras la reforma laboral en relación a la ultraactividad de los convenios, pero aún quedan otros aspectos muy relevantes por resolver para unificar la doctrina sobre los efectos del cambio legal del periodo de ultraactividad", subraya.

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