Aviso: Esta noticia tiene más de un año. Última actualización: 21/04/2009 13:04
Economía/Laboral

La Seguridad Social pagará el coste del transporte, incluyendo taxi, de los trabajadores accidentados

   Los trabajadores que reciban asistencia sanitaria derivada de un accidente laboral o de una enfermedad profesional tendrán derecho a ser resarcidos por las entidades gestoras de la Seguridad Social, o en su caso las mutuas, de lo que les cueste el transporte, incluido el taxi, cuando se estén desplazando para recibir dicha asistencia.

   Así consta en un orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración, publicada hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que entrará en vigor mañana y en la que se precisa que la acción protectora de la Seguridad Social en los casos de riesgos profesionales debe ser "integral" y prestarse desde el momento en que se produce el accidente laboral o se diagnostique la enfermedad y durante el tiempo que la patología lo requiera.

   Sin embargo, en la Orden se señala la existencia de dudas en cuanto a si debe compensarse o no a los trabajadores por lo que gastan en los medios de transporte ordinarios, especialmente en taxis, cuando se disponen a desplazarse para recibir asistencia sanitaria.

   La Orden en cuestión acaba con esta falta de previsión normativa y establece que el coste del desplazamiento de los trabajadores que reciban asistencia sanitaria como consecuencia de un accidente o una enfermedad profesional será compensado por la entidad gestora a o la mutua "como parte integrante de la prestación de asistencia sanitaria".

   La norma precisa que, para su compensación, la utilización de dichos medios de transporte debe ser prescrita por el correspondiente facultativo por razones médicas o autorizada por la entidad gestora o la mutua cuando venga motivada por la inexistencia de otro medio de transporte.

   Además, la Orden contempla un segundo artículo por el que las entidades gestoras o las mutuas tendrán también que hacerse cargo de los gastos de transporte que puedan originarse cuando se cite a los trabajadores afectados por accidentes laborales, enfermedades profesionales o contingencias comunes, para realizarles un examen o una valoración médica.

El vídeo comenzará después de segundos de publicidad.
XX Foro Club Excelencia en Gestión
Portal Turismo
Enlaces de interés
Forex
ForexTrading

Firmas

Carmen Tomás

Pagos a proveedores.

por Carmen Tomás
 
la actualidad más visitada en www.europapress.es
La ola de frío se agudizará el fin de semana Un empleado de Apple confirma varias características del iPad 3 Diego y Ruiz acuerdan "seguir muy de cerca" y trabajar en el adelanto de las inversiones de Fomento en Cantabria

www.europapress.es es el portal de actualidad y noticias de la Agencia Europa Press. Publicación digital auditada por OJD.
© 2012 Europa Press. Está expresamente prohibida la redistribución y la redifusión de todo o parte de los contenidos de esta web sin su previo y expreso consentimiento.