El Estado, partidos políticos, sindicatos y patronales deberán publicitar todos sus contratos

La norma introduce nuevos contratos por el que el Estado financia la investigación sobre nuevos bienes o servicios

MADRID, 5 May. (EUROPA PRESS) -

Las administraciones y empresas públicas, y los grandes partidos políticos, sindicatos y patronales que se financian mayoritariamente con recursos públicos deberán convocar concursos públicos y publicitar e informar públicamente de todos los contratos de obras y servicios que realicen.

Así lo establecerá la nueva Ley de Contratos del Sector Público que prepara el Gobierno con el fin de fomentar la transparencia y la competencia. Otros objetivos de la norma son reducir plazos y costes en la contratación pública, recortar la morosidad, facilitar el acceso de las pymes a los contratos públicos y fomentar la I+D.

Una de las principales novedades de la Ley es que extenderá su ámbito de aplicación más allá de las Administraciones y las empresas y organismos públicos, de forma que afectará a todo organismo e institución que esté costeado "mayoritariamente" con fondos públicos. Un supuesto en el que actualmente se encuentran los principales partidos políticos, sindicatos y patronales.

Así, una vez que entre en vigor la ley (a los seis meses de que la apruebe el Congreso y se publique en el Boletín Oficial del Estado), estos organismos no sólo van a tener que contratar siguiendo el modelo de la Administración, sino adaptarse a las medidas de mayor transparencia que introduce la norma.

En concreto, la ley obligará a que la práctica totalidad de los contratos considerados públicos sean publicitados. Para ello, se suprimirá el actual procedimiento de contratación denominado 'procedimiento negociado sin publicidad', por el que actualmente se resuelve el 42% de los contratos públicos.

A partir de ahora, sólo podrán eximirse del proceso de publicidad e información pública los contratos que así lo requieran por cuestiones de seguridad o aquellos de menor cuantía (inferiores a 18.000 euros), según informó la subsecretaria del Ministerio de Hacienda, Pilar Platero, en un encuentro con la prensa.

PLATAFORMA COMÚN DE CONTRATACIÓN.

Para cumplir con el requisito de publicidad, todos los concursos de la Administración (central, autonómica y local) y de empresas y organismos públicos se canalizarán en una página web, la denominada Plataforma de Contratación del Sector Público.

En el caso del resto de instituciones, como partidos políticos y sindicatos, serán ellas las que determinarán la forma en la que dan a conocer sus contratos e informan de su proceso.

La Plataforma, que ya está en marcha y actualmente se encuentra en la fase de incorporación de los contratos de las comunidades autónomas y ayuntamientos, contribuirá además a fomentar la competencia, dado que facilitará la información y participación de empresas interesas en contratos públicos.

DIVIDIR CONTRATOS EN LOTES.

En este sentido se orienta otra de las novedades de la norma, que pasa por fragmentar en lotes los contratos siempre que sea posible, para dar más opciones a distintas empresas, fundamentalmente las pymes.

No obstante, las empresas que quieran optar a contratos con la administración deberán de estar al día en cuanto al pago a sus proveedores. La nueva ley introduce el plazo medio de pago entre los datos que las empresas tienen que aportar para garantizar su solvencia económica para poder optar a un contrato público.

Con esta novedad, el Gobierno pretende "desincentivar" la morosidad. "Siempre ha habido muchas quejas de que los grandes contratistas públicos no pagan a sus subcontratistas", indicó la alto cargo del Departamento que dirige Cristóbal Montoro.

Por contra, la ley tratará de reducir tiempos y costes a las empresas que quieran optar a concursos públicos mediante la eliminación del papeleo actual.

Sólo tendrá que presentar toda la documentación acreditativa de la empresa la compañía que finalmente logre adjudicarse un contrato. Para competir por él bastará con estar inscrito en el correspondiente registro de licitadores y presentar la oferta. Además, se fomentará que todos estos procesos se realicen de forma telemática.

Asimismo, para no perder la agilidad en cuanto a tiempos que supone el procedimiento negociado sin publicidad, la ley introducirá una nueva modalidad de contratación denominada "abierto simplificado".

El nuevo sistema, que será público, se usará para contratos que cuya adjudicación no sea compleja, bien porque el principal elemento de decisión sea el precio, porque solo haya una empresa que preste ese servicio o porque se adjudique para poco plazo de tiempo.

CONTRATO DE I+D.

Otra de las principales novedades de la Ley, con el fin de fomentar la investigación y el desarrollo, es el nuevo contrato denominado 'asociación para la innovación', con el que la Administración pretende cubrir necesidades de los ciudadanos con bienes o servicios que aún no están en el mercado.

En virtud de esta modalidad, en una primera fase la administración financiará a las empresas concurrentes un periodo de I+D para que desarrollen el bien o servicio en cuestión, entre los que después se seleccionará el adjudicatario.

La nueva norma pretende asimismo contribuir con las políticas sociales, y para ello también tendrá en cuenta a las empresas que cumplen con las cuotas de contratación de trabajadores con alguna discapacidad a la hora de adjudicarlas contratos públicos.

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