Tribunal de Cuentas pide una ley de encomiendas de gestión para limitar su uso excesivo

Ramón Álvarez de Miranda, presidente del Tribunal de Cuentas
CONGRESO
Actualizado: lunes, 29 junio 2015 12:26


MADRID, 29 Jun. (EUROPA PRESS) -

El presidente del Tribunal de Cuentas, Ramón Álvarez de Miranda, ha alertado este lunes de una tendencia a recurrir excesivamente a las encomiendas de gestión, un método que debería utilizarse de manera excepcional, y ha reclamado una ley para este instrumento de contratación.

Así lo ha señalado durante su presentación ante la Comisión Mixta (Congreso-Senado) para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas del 'Informe de fiscalización de las encomiendas de gestión de determinados ministerios, organismos y otras entidades públicas llevas a cabo al amparo de la legislación que habilita esta forma instrumental de gestión administrativa".

En concreto, la encomienda de gestión consiste en que una administración encargue a otro ente público la provisión de ciertos bienes o servicios. Sin embargo, el uso creciente de este recurso ha "desbordado el actual marco normativo regulador", que a juicio del organismo fiscalizador se ha "revelado insuficiente y excesivamente disperso".

NUEVA NORMATIVA

Por eso, el Tribunal plantea a las Cortes la necesidad de plantear una normativa que "defina pormenorizadamente los requisitos y aspectos determinantes" en los que se puede recurrir a la encomienda de gestión, y que clarifique además su "régimen económico, procedimiento de tramitación y mecanismos de seguimiento y control".

Álvarez de Miranda ha ido más allá y ha resaltado que esa legislación debería prever una justificación suficiente del recurso a la encomienda mediante "informes o estudios que acrediten la existencia de necesidades a satisfacer y la carencia de medios técnicos idóneos para afrontarlas directamente", y que avalen además que la encomienda es la mejor respuesta a estas necesidades, en lugar de otras fórmulas de contratación.

"Lo que no cabe es, a través de la encomienda, soslayar la contratación pública, que al final se acaba realizando por subcontratación sin las garantías necesarias del procedimiento que hubiera podido realizar el órgano original", añade el presidente, que cree "la ausencia de límites generales y de controles suficientes" han llevado los entes instrumentales a "actuar como meros intermediarios" en la cadena de subcontratación y "sin aplicar la legislación reguladora de la contratación pública con la misma extensión y rigurosidad que la prevista para las administraciones públicas".

Por ello, aboga por evitar hacer encargos a entes que "de forma recurrente" subcontratan la parte esencial de sus encargos, y que debería establecerse un "límite general" a la subcontratación.

"Es el momento adecuado para que, en vía parlamentaria, puedan completar la labor de mejor diseño y definición de las encomiendas de gestión para que su uso esté limitado a situaciones que produzcan un beneficio para la Administración por su carácter más ágil pero eviten, como suele ocurrir, un mala utilización para finalidades que no eran las inicialmente previstas y que pueden acabar afectando al empleo público de manera negativa", ha añadido Álvarez de Miranda.

SUPLIR LA FALTA DE PERSONAL

En este sentido, ha advertido de que las administraciones no realizan una planificación específica del recurso a estas encomiendas, no se han realizado estudios específicos que acrediten las ventajas de la encomienda frente a otros procedimientos y se suele apelar a causas como la falta de medios, la mayor idoneidad de ciertos medios propios por su experiencia o especialización o la celeridad y flexibilidad de este tipo de contratos para justificar las encomiendas pese a que para el Tribunal no son razones suficientes.

Sobre todo ante la reincidencia en el uso de este instrumento, que lleva al Tribunal a concluir que, "en un gran número de casos, el recurso a la encomienda ha tenido como fin la satisfacción de necesidades de carácter permanente derivadas de la existencia de déficits estructurales de personal" que no se resuelven.

Por otra parte, la falta de una regulación clara ha llevado "con frecuencia" a definir un objeto del contrato que coincida con el objeto social de la empresa, lo que "ha dado lugar a la sustitución" del encomendante por la entidad encomendataria en el ejercicio de sus tareas propias, incluyendo potestades públicas como, por ejemplo, la tramitación de procedimientos de expropiación forzosa, sancionadores o de gestión de concesiones.

Por contra, en otras ocasiones, la indefinición de los contratos ha provocado que determinado entes públicos se hayan hecho con encomiendas que "no resultaban plenamente acordes" con su objeto social, como ha sucedido a resultas del "recurso abusivo" de empresas como Tragsa o Isdefe.

La falta de una regulación específica sobre cómo fijar los precios por los servicios de la encomienda se ve agravada por la "indeterminación del objeto" del contrato y de las actividades a ejecutar que se produce de manera "bastante habitual". Y tampoco se han realizado estudios para cerciorarse de que los precios que se están pagando en las encomiendas más inferiores a los de mercado.

POCO CONTROL

El presidente del Tribunal ha lamentado asimismo la insuficiencia de los mecanismos de seguimiento y control de las encomiendas de gestión, que en la mayor parte de los casos se limitan a "exigir la conformidad previa al pago de los trabajos".

Además, ha advertido contra el "riesgo de que se pueda incurrir en supuestos de cesión de trabajadores" cuando se pone a disposición de la encomendataria personal propio para la prestación de los servicios y contra la falta de controles o límites legales a la subcontratación para la ejecución de este tipo de contratos.

Finalmente, ha reconocido que la Fiscalía del Tribunal de Cuentas formuló peticiones de inicio de actuaciones por responsabilidad penal, de las que se desistió finalmente el pasado mes de febrero.

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