La administración concursal declara "fortuito" el concurso de Sniace

Sniace
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 25 mayo 2017 19:21

MADRID, 25 May. (EUROPA PRESS) -

La administración concursal ha declarado "fortuito" el concurso voluntario de acreedores de Sniace y sus filiales Celltech y Viscocel, según el informe remitido al Ministerio Fiscal y del que ha informado la compañía a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

Sniace entró en preconcurso de acreedores el 26 de junio de 2013 y abrió un proceso de negociación para establecer un calendario de pagos de la deuda de 150 millones de euros que acumulaba, tras registras unas pérdidas ese semestre de 41,1 millones de euros y multiplicar por más de siete el su resultado negativo del mismo periodo de un año antes.

El 6 de septiembre de ese año, el consejo de administración consideró que era inviable alcanzar un acuerdo u obtener nuevos apoyos financieros y solicitó el concurso de acreedores al Juzgado de lo Mercantil de Madrid.

Tras dos años inmersa en el concurso, el 19 de septiembre de 2015 emergió del mismo tras lograr que el 64% y el 85% de sus acreedores aceptara el plan de pago de deuda propuesto por la empresa y sus filiales Celltech y Viscocel.

El pasado 18 de abril de este año, la empresa cerró una ampliación de capital con una demanda de aproximadamente 2,36 veces las acciones ofrecidas, en la que se suscribieron la totalidad de 116,98 millones de acciones emitidas por un importe efectivo de 11,7 millones de euros.

Sniace registró un beneficio neto de 173.000 euros en el primer trimestre, frente a las pérdidas de 1,2 millones de euros del mismo periodo de 2016, según ha informado este lunes la compañía.

Este jueves, el consejo de administración de Sniace ha comunicado que propondrá a sus accionistas la agrupación de acciones en circulación, una operación conocida en el mercado como 'contrasplit', a razón de un título nuevo por cada diez preexistentes.

Dicha agrupación se realizará con una reducción de capital previa en un importe de 0,10 euros mediante la amortización de una acción que la compañía ostentará en autocartera al tiempo del acuerdo, con la finalidad de que el número de acciones resultante sea divisible entre diez, dotándose una reserva por el valor nominal de la acción amortizada.

Leer más acerca de: